Empleados de la Elepco piden que se cumplan derechos

Ayer en la mañana la Asociación de Empleados, el Secretario del Comité de Empresa, así como el presidente del sindicato 31 de Agosto de la Empresa Eléctrica Provincial Cotopaxi (Elepco), presentaron una acción de protección en el juzgado de la Corte Provincial con el respaldo de la Defensoría del pueblo.

La audiencia se desarrolló a las 9:00 en la sala 5 y cerca de las 10:30 concluyó, aquí los implicados no quisieron dar declaraciones pues esperan que se dé la sentencia para poder manifestarse al respecto.

María Belén Bedon, defensora del pueblo, comentó que presentaron una acción de protección por la vulneración de los derechos a la seguridad jurídica, al debido proceso y al trabajo.

Este trámite se dio debido a que la junta de accionistas de Elepco S.A. aprobaron la aplicación de un estudio de carga laboral y un estatuto orgánico que no se habría realizado en la empresa desde el año 1997 por lo que se mantenía el mismo manual laboral de puestos desde hace 21 años.

Por ello la Elepco tenía previsto la contratación una consultoría, lo que fue aprobado por la junta de accionistas de la empresa y el directorio.

Sin embargo, el presidente de la empresa, José Semanate, en resolución 075, determinó dejar sin efecto esta decisión que entraría en vigencia desde mayo del 2019.

Por ello los empleados consideran que existió una vulneración de derechos ya que se resolvió derogar todo lo que se realizó en estos 30 días y el presupuesto que ya existía para este estudio se habría transformado en una partida especial.

Bedon comentó que hay vulneración de derechos a la seguridad jurídica, al debido proceso y por su puesto al derecho al trabajo, ya que no puede ser posible que una persona que trabaje con cables de alta tensión siga ganando un salario básico “hay la necesidad de cambiar la nominación de los puestos y un aumento salarial”.

En la audiencia la defensoría explicó al Juez que todo acto administrativo tiene que ser motivado y en la resolución 075 se deja sin efecto la resolución 160 “no cumple con este requisito básico”, por lo que están a la espera de que el juez analice las partes tanto de legitimación activa , pasiva y acepte la acción de protección.

La defensora destacó que la junta general de accionistas reconoció los derechos y que es necesaria la progresión de derechos “el problema es que el presidente no consultó al directorio ni a la junta de accionistas para tomar esta decisión”.

El juez convocó para el 3 de julio a las partes para emitir la sentencia. (NA)