Del 22 al 28 de octubre los contribuyentes deberán cumplir con la presentación de las declaraciones y anexos tributarios, según el último dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC).
Dennis López, directora provincial del Servicio de Rentas Internas (SRI), informó que las personas con los dígitos 1 y 2, deben cumplir su obligación el 22 de octubre, las que tienen el 3 y 4, el 23; 5 y 6, el 24; 7 y 8, el 25 y 9 y 0, el 28. Esto, de acuerdo a la resolución emitida por el presidente de la República, Lenín Moreno, para apoyar al sector productivo y comercial.
Añadió que, para evitar las sanciones correspondientes por la no presentación de obligaciones, se excluirán como días hábiles el 8, 9 y 10 de octubre donde la jornada de movilización fue fuerte.
Añadió que esto dispone la resolución emitida y a nivel interno se ha dispuesto las verificaciones de los controles para ver la posibilidad de hacer prórrogas al contribuyente que no ha podido presentar la información y requiere días adicionales.
Por lo demás, explicó que las pérdidas en cuanto a recaudación se podrán conocer a finales de noviembre, que se contará con la información de octubre y entonces se podrá determinar el monto de pérdidas. (VHG)
Del 22 al 28 de octubre los contribuyentes deberán cumplir con la presentación de las declaraciones y anexos tributarios, según el último dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC).
Dennis López, directora provincial del Servicio de Rentas Internas (SRI), informó que las personas con los dígitos 1 y 2, deben cumplir su obligación el 22 de octubre, las que tienen el 3 y 4, el 23; 5 y 6, el 24; 7 y 8, el 25 y 9 y 0, el 28. Esto, de acuerdo a la resolución emitida por el presidente de la República, Lenín Moreno, para apoyar al sector productivo y comercial.
Añadió que, para evitar las sanciones correspondientes por la no presentación de obligaciones, se excluirán como días hábiles el 8, 9 y 10 de octubre donde la jornada de movilización fue fuerte.
Añadió que esto dispone la resolución emitida y a nivel interno se ha dispuesto las verificaciones de los controles para ver la posibilidad de hacer prórrogas al contribuyente que no ha podido presentar la información y requiere días adicionales.
Por lo demás, explicó que las pérdidas en cuanto a recaudación se podrán conocer a finales de noviembre, que se contará con la información de octubre y entonces se podrá determinar el monto de pérdidas. (VHG)
Del 22 al 28 de octubre los contribuyentes deberán cumplir con la presentación de las declaraciones y anexos tributarios, según el último dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC).
Dennis López, directora provincial del Servicio de Rentas Internas (SRI), informó que las personas con los dígitos 1 y 2, deben cumplir su obligación el 22 de octubre, las que tienen el 3 y 4, el 23; 5 y 6, el 24; 7 y 8, el 25 y 9 y 0, el 28. Esto, de acuerdo a la resolución emitida por el presidente de la República, Lenín Moreno, para apoyar al sector productivo y comercial.
Añadió que, para evitar las sanciones correspondientes por la no presentación de obligaciones, se excluirán como días hábiles el 8, 9 y 10 de octubre donde la jornada de movilización fue fuerte.
Añadió que esto dispone la resolución emitida y a nivel interno se ha dispuesto las verificaciones de los controles para ver la posibilidad de hacer prórrogas al contribuyente que no ha podido presentar la información y requiere días adicionales.
Por lo demás, explicó que las pérdidas en cuanto a recaudación se podrán conocer a finales de noviembre, que se contará con la información de octubre y entonces se podrá determinar el monto de pérdidas. (VHG)
Del 22 al 28 de octubre los contribuyentes deberán cumplir con la presentación de las declaraciones y anexos tributarios, según el último dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC).
Dennis López, directora provincial del Servicio de Rentas Internas (SRI), informó que las personas con los dígitos 1 y 2, deben cumplir su obligación el 22 de octubre, las que tienen el 3 y 4, el 23; 5 y 6, el 24; 7 y 8, el 25 y 9 y 0, el 28. Esto, de acuerdo a la resolución emitida por el presidente de la República, Lenín Moreno, para apoyar al sector productivo y comercial.
Añadió que, para evitar las sanciones correspondientes por la no presentación de obligaciones, se excluirán como días hábiles el 8, 9 y 10 de octubre donde la jornada de movilización fue fuerte.
Añadió que esto dispone la resolución emitida y a nivel interno se ha dispuesto las verificaciones de los controles para ver la posibilidad de hacer prórrogas al contribuyente que no ha podido presentar la información y requiere días adicionales.
Por lo demás, explicó que las pérdidas en cuanto a recaudación se podrán conocer a finales de noviembre, que se contará con la información de octubre y entonces se podrá determinar el monto de pérdidas. (VHG)