Sentencia inicia debate sobre procedimiento abreviado

Judicial. Fiscales explicando sobre el procedimiento abreviado.
Judicial. Fiscales explicando sobre el procedimiento abreviado.

El 25 de febrero de 2019, un grupo de personas armadas violentó la seguridad e ingresó a las instalaciones de la clínica Provida, donde se sustrajo dinero y otros bienes. Para perpetrar el hecho, los antisociales amarraron a los funcionarios de la clínica de pies y manos, después de intimidarlos se llevaron la caja fuerte, dinero y parte de medicinas. Tres personas fueron detenidas por este hecho, después de la audiencia de juzgamiento, en primera instancia, fueron sentenciadas a 24 meses de prisión, lo que fue ratificado por la Sala Penal de Cotopaxi.

Augusto Semanate, fiscal Provincial de Cotopaxi, manifestó que una vez que se registró el hecho delictivo iniciaron con las investigaciones a través del agente fiscal, quien al tener los elementos de convicción solicitó al Juez día y hora para formular cargos en contra de tres ciudadanos por el delito de robo.

Según el Código Orgánico Integral Penal (COIP), en el artículo 189 inciso primero, que prevé una sanción de cinco a siete años de prisión a los responsables del hecho, pero al haberse acogido al procedimiento abreviado la pena de prisión es de 24 meses, porque la ley establece que para el procedimiento abreviado se impondrá un tercio de la pena de la sentencia mínima.

La sentencia pudo haber sido de 20 meses, sin embargo, tomando en cuenta la gravedad de los hechos acordaron una prisión de 24 meses, dijo Semanate. Además, otorgaron medidas de protección a los empleados de la clínica y el pago de alrededor de 40 mil dólares, como reparación integral.

Procedimiento abreviado

Diego Mogro, presidente de la Corte Provincial de Justicia, manifestó que el procedimiento abreviado busca simplificar términos en relación a tiempo y que se repare a la víctima en el caso de haber sido ofendida. El artículo 636 del COIP establece que “La o el fiscal propondrá a la persona procesada y a la o al defensor público o privado acogerse al procedimiento abreviado y de aceptar acordará la calificación jurídica del hecho punible y la pena”. Es decir, debe haber una negociación lícita y previa entre la Fiscalía y el acusado, la negociación de la pena se traslada al Juez quien es el que valora la pertinencia o no de los requisitos de procedibilidad.

Hasta las últimas consecuencias

Augusto Durán, propietario de la clínica Provida, manifestó que durante el hecho delictivo violentaron lo más sagrado que tiene una institución de salud que es el quirófano, donde a diario luchan contra la muerte y salvan vidas. En el lugar se encontraba una madre que había dado a luz con su niño recién nacido en brazos, además se encontraba un bebé en terapia intensiva neonatal. Razón por la que, llegará hasta las últimas instancias y de ser necesario a nivel internacional, porque hace 20 años juró defender la vida y en este hecho delictivo se violentó uno de los lugares sagrados para los médicos. La interrogante que tiene es: por qué se hizo un procedimiento abreviado a algo que pudo ser ordinario. Espera una respuesta de parte de la justicia. (MT)