Precios de los arriendos se fijan al libre albedrio

ARRIENDOS. Se necesita un control de los valores que se cobran por arrendamiento de locales comerciales y de vivienda.
ARRIENDOS. Se necesita un control de los valores que se cobran por arrendamiento de locales comerciales y de vivienda.

Es nomal ver por cualquier parte parte de la ciudad sinnúmeros de letreros con la frase, “se arrienda”, “se alquila”, “disponible departamentos”, “arriendo oficinas”… así tambien encontramos precios exagerados por cobro de arriendos de establecimientos comerciales o vivienda, surge la pregunta del ciudadano, ¿donde se regula los valores que dueños de locales o casas se basan para cobrar el valor de arriendo a estos lugares?.

Pues existe un fórmula que aplica el Departamento de Avalúos y Catastro del Municipio de Esmeraldas, es el 10% del avalúo comercial, que se divide para los doce meses del año y ese resultado es el canon de arrendamiento de una casa o local comercial

Esta relación, sin reglas en la actualidad, ha traído serios inconvenientes entre arrendador y arrendatario, que por desconocer los parámetros a seguir para cuantificar el correcto costo mensual de un arriendo.

Competencias a notarias

Años atrás se conocía de la existencia de los juzgados civiles y de inquilinato, ahora con la reforma del artículo 18 de la Ley Notarial, la cual faculta a los notariios a certificar los contratos de arrendamiento cuyo valor supere un salario básico unificado.

“Se podrán certificar los desahucios que se tramitaban en los juzgados de Inquilinato, esto según las reformas implementadas en el Código Orgánico General de Procesos (Cogep)”, refirió Ivett Cortez, coordinadora de la Unidad Judicial Civil de Esmeraldas.

Las notarías de la ciudad tienen las competencias para suplir de estos servicios como registro de contratos de arrendamiento, sean estos de locales comerciales o vivienda, para verificar y registrar dichos contratos los usuarios adeudan. El tiempo de un contrato para arriendo comercial es de un año, y para vivienda minimo dos años, alli ya pasa a tener los efectos legales.

El valor a cancelar por el registro de un contrato de arrendamiento o local comercial en las notarías es el 10%, del canon municipal más el IVA, ademas para constancia de legalización se solicita los predios del propietario del inmueble. (KOP)