Verbal sumario

REPUBLICA DEL
ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON IBARRA

EXTRACTO PARA CITACION JUDICIAL
CITESE A: LA SEÑORA ANA LUCIA CADENA PINEDA
ACTOR:- RUTH NATALIA CORDOVA MALDONADO
DEMANDADO: ANA LUCIA CADENA PINEDA
JUICIO.- Verbal Sumario No. 1910-2013
OBJETO: La Demandada señora Ana Lucia Cadena Pineda giro un cheque que asciende a la cantidad por cinco mil dólares (USD. 5.000), a nombre de la señora Natalia Córdova Maldonado , que al momento de ser presentado para su cobro y efectivización , le fue devuelto por el banco girado, protestado por cuenta cerrada.
CUANTÍA: OCHO, MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA (8.000 USD)
DOMICILIO DE LA PARTE ACTORA.:- Casillero Judicial No. 94 del Dr. Pedro Manuel Rosales
JUEZ.-Dr. Santiago Grijalva Pozo
SECRETARIO:- Abg. Juan Pablo Mariño Tapia (E)
AUTO DE CALIFICACION:
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON IBARRA DE IMBABURA. Ibarra, viernes 19 de septiembre del 2014, las 15H00.VISTOS: Agréguese a los autos el oficio incorporado por el Servicio de Rentas Internas de Imbabura.- En lo principal, la demanda que antecede es clara y reúne los demás requisitos de ley, por lo que se la admite a trámite VERBAL SUMARIO que le corresponde, por tanto, cítese con la copia de la demanda y esta providencia a la demandada señora ANA LUCIA CADENA PINEDA, en el domicilio determinado en el oficio remitido por el SRI de Imbabura, esto es en la calle Los Galeanos Nro. 16 y Manuela Cañizares, Barrio El Ejido de Ibarra, Conjunto Los Cristales, junto a ASOPRAN, para tal efecto se remitirá el suficiente despacho a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial, previniéndole a la demandada de su obligación que tiene de señalar domicilio judicial y correo electrónico en esta ciudad de Ibarra para sus notificaciones. Agréguese a los autos la documentación acompañada. Presentes la cuantía de la demanda, abogado patrocinador, la casilla judicial señalados por la actora para sus notificaciones, así como la calidad en que comparece. – Actúe el Ab. Juan Pablo Mariño en calidad de Secretario Encargado, en virtud del Oficio suscrito por el Director Provincial del Consejo de la Judicatura en Imbabura N° 519-DP1O-CJ de fecha 24 de febrero del 2014. NOTIFIQUESE.-Fdo. Dr. Santiago Grijalva Juez.- Abg. Juan Pablo Mariño Tapia secretario (E) que certifica.-
OTRA PROVIDENCIA
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON IBARRA DE IMBABURA. Ibarra, martes 11 de noviembre del 2014, las 10H25. En vista de que la actora ha cumplido con lo ordenado en providencia inmediata anterior, con el extracto de la demanda, solicitud pertinente y esta providencia, cítese a la demandada ANA LUCIA CADENA PINEDA, mediante 3 publicaciones en la prensa, cada una en fechas distintas, a través de uno de los diarios de mayor circulación regional que se editen en la ciudad de Ibarra, de conformidad a lo dispuesto en el art. 82 del Código de Procedimiento Civil, a fin de que en el término de tres días cumpla con la obligación o deduzca excepciones legales, bajo prevención de sentencia. NOTIFÍQUESE.- Fdo. Dr. Santiago Grijalva Juez.- Abg. Juan Pablo Mariño Tapia secretario (E) que certifica.-
Lo que CITO a ustedes para los fines legales consiguientes, previniéndoles la obligación que tienen de señalar casillero judicial dentro del perímetro legal de la Unidad Judicial Multicompetente Civil con sede en el Cantón Ibarra de Imbabura para sus notificaciones.-
Ibarra, 26 de noviembre del 2014.
Abg. Juan Pablo Mariño
Secretario
Firma y sello
P37275/ai