Pagaré a la Orden No. 12331-2014-1730

R. del E.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN QUEVEDO,
PROVINCIA DE LOS RÍOS
EXTRACTO DE CITACIÓN A: ESTEVAN DIONICIO URIARTE CRUZ
SE LE HACE SABER: Que mediante sorteo le correspondió a esta Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Quevedo, provincia de Los Ríos, conocer el juicio Ejecutivo por Cobro de Pagaré a la Orden No. 12331-2014-1730, que sigue la Cooperativa de Ahorro y Crédito “29 de Octubre Ltda.”, en su contra, cuyo extracto es como sigue:
ACTOR: Ab. FRANCISCO HONORATO VILLAVICENCIO OCHOA, en su calidad de Procuradora Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito “29 de Octubre Ltda.”.- DEMANDADO: ESTEVAN DIONICIO URIARTE CRUZ-
OBJETO DE LA DEMANDA: El accionante por intermedio de su representada solicita que en sentencia y previo al trámite ejecutivo se ordene el demandado Estevan Dionicio Uriarte Cruz, pague la cantidad de trece mil setecientos cuarenta y ocho dólares con noventa y tres centavos de dólar de los Estados Unidos de Norteamérica, constante en el pagare a la orden que consta de fojas 1 del proceso, más los intereses de ley, los gastos procesales, las costas, los honorarios de su defensor y el recargo de la tercera parte de los gastos por expensas.-
CUANTIA: TRECE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO DÓLARES CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA ($13.748,93)
TRAMITE: EJECUTIVO.-
JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Javier Adolfo Escobar Rivadeneira, Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en Quevedo, provincia de Los Ríos, mediante auto de fecha 29 de julio del 2014, admite la demanda a trámite de Juicio Ejecutivo y ordena citar al demandado en el domicilio señalado en la demanda; y, en virtud de lo solicitado por el accionante, el Juez titular de la causa Ab. Edison Wilfrido Salazar Oña, ordena citar al demandado Estevan Dionicio Uriarte Cruz, por la prensa conforme a lo dispuesto el Arts., 56 numeral 1) del Código Orgánico General de Proceso, por cuanto el accionante declaró bajo la gravedad del juramento que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia o domicilio del demandado, a fin de que en el término de tres días pague los valores reclamados en la demanda o deduzca las excepciones que se crea asistido, bajo prevenciones de sentencia.-
Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial en esta ciudad para que reciba sus notificaciones y que deberá comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación de este aviso, caso contrario podrá ser declarada rebelde.- Certifico.-
Quevedo, enero 31 del 2019

Ab. Johanna Elizabeth Centeno Castro
SECRETARIA ENCARGADA UNIDAD
JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN QUEVEDO – LOS RÍOS
P-32149-MA


12334-2018-01212-
OFICIO-00750-2019
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON BABAHOYO
EXTRACTO DE CITACION
A: VICTOR JULIO PADILLA VELY
ACTOR: DR. GASTON EDMUNDO RIOS VERA – PROCURADOR JUDICIAL DEL SR. JAIME MANUEL FLOR RUBIANES – BANCO PICHINCHA
JUICIO: EJECUTIVO No. 12334¬2018-01212
CAUSA: COBRO DE PAGARÉ A LA ORDEN
JUEZ DE LA CAUSA: ABG. CRISTÓBAL TEODORO VELIZ NAVARRETE

AUTO DE CALIFICACION: La señora Jueza Abg. Vanessa Henriquez Palma MDC..-
VISTOS: Abg. Vanessa Henriquez Palma MDC. , en mi calidad de Jueza Titular de esta Unidad Judicial Civil, por encontrarme encargada del despacho del Abg. Cristóbal Veliz Navarrete, Juez Titular del despacho, mediante ACCIÓN DE PERSONAL No. 0415-DPLR-2019, hoy 22 de Enero del 2019. Avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal; Forme parte del proceso la razón actuarial que antecede.- La demanda que antecede presentada por el DR. GASTÓN EDMUNDO RÍOS VERA, representante legal del Banco Pichincha C. A. es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta en un PAGARÉ A LA ORDEN, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347.5 y 348 del mismo código, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. Se ordena la citación de los demandados HECTOR ADOLFO VERGARA VALENCIA, como deudor principal, en el domicilio señalado en el libelo de demanda, para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial; y, al señor VICTOR JULIO PADILLA VELY, como garante solidario, en virtud del juramento rendido y de acuerdo con lo que señala el Art. 56.1 del COGEP, mediante publicaciones en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación. En aplicación de los artículos 355 y 333, numeral 3 del COGEP, se concede el término de quince (15) días para que el demandado proponga alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP.-

OBJETO DE LA DEMANDA: El Actor DR. GASTÓN EDMUNDO RÍOS VERA, Procurador Judicial del BANCO PICHINCHA C.A., manifiesta que el señor HECTOR ADOLFO VERGARA VALENCIA, en calidad de deudor principal, y el señor VICTOR JULIO PADILLA VELY como garante solidario, de manera voluntaria, suscribieron en esta ciudad de Babahoyo el 28 de septiembre del 2015 el Pagaré a la Orden signado con el No. 8000371223 a favor del Banco Pichincha C. A., por la cantidad de Siete mil con 00/100 dólares de los Estados Unidos de América (US$7.000,00), a 731 días vista, con vencimientos sucesivos a 30 días vista la suma de $225.51, a 61 días vista la suma de $230.39, a 91 días vista la suma de $235.38, a 122 días vista la suma de $240.47, a 153 días vista la suma de $245.68, a 182 días vista la suma de $250.99, a 213 días vista la suma de $256.43, a 243 días vista la suma de $261.98, a 274 días vista la suma de $267.65, a 304 días vista la suma de $273.44, a 335 días vista la suma de $2279.36, a 366 días vista la suma de $285.41, a 396 días vista la suma de $291.59, a 427 días vista la suma de $297.90, a 457 días vista la suma de $304.35, a 488 días vista la suma de $310.93, a 519 días vista la suma de $317.66, a 547 días vista la suma de $324.54, a 578 días vista la suma de $331.57, a 608 días vista la suma de $338.74, a 639 días vista la suma de $346.08, a 669 días vista la suma de $353.57, a 700 días vista la suma de $361.22; y, a 731 días vista la suma de $396.16, con la tasa de interés del 24.54% anual, que corresponde a la tasa de interés efectiva anual del 27.01%, préstamo de debía ser pagado mediante 24 dividendos mensuales, conforme a la tabla de amortización. Pese a reiteradas solicitudes realizadas por el Banco, no han cancelado los dividendos del número 16 al 24 correspondiente a los meses que van de enero a septiembre del 2017, encontrándose por lo tanto dichos dividendos en mora, impagos y vencidos. La pretensión la fundamenta en el numeral 5) del Art. 347 y 348 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con los Arts. 410, 488 y 489 del Código de Comercio. La cuantía la determino en la cantidad de SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 67/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD$6.237,67).- Babahoyo, 31 de enero del 2019.

ABG. ILIAN MALDONADO TAPIA
SECRETARIA (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL
CON SEDE EN EL CANTÓN BABAHOYO
P-8037-BA


12334-2014-1452-
OFICIO-00829-2019
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON BABAHOYO
EXTRACTO DE CITACION

A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE SEÑOR LUIS FELIX GUERRA BARROS
ACTOR: RIOS VERA GASTON EDMUNDO – PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C. A.
JUICIO: EJECUTIVO No. 12334¬2014-1452
CAUSA: CONTRATO DE MUTUO O PRÉSTAMO
JUEZ DE LA CAUSA: DR. LUIS HUMBERTO VALAREZO HONORES

AUTO DE CALIFICACION: La señora Jueza Ab. Mercy Macías Avellaneda.- VISTOS: En funciones de Jueza Temporal encargada del Juzgado Sexto de lo Civil y Mercantil de los Ríos, mediante acción de personal No. 1726-DPLR-2013-KM de fecha 28 de junio del 2013, la cual se manda a incorporar a los autos en copia certificada, por haberse radicado la competencia en este Juzgado en razón de la nota de sorteo, avoco conocimiento de la demanda presentada por el señor Doctor Gastón Edmundo Ríos Vera en su calidad de procurador judicial del señor Doctor Jaime Manuel Flor Rubianes, representante jurídico en ejercicio de la representación legal del Banco Pichincha Compañía Anónima, personería e intervención que se declara legitimada en mérito del documento que se acompaña, demanda que al reunir los requisitos del Art. 67 del Código Adjetivo Civil, se califica de clara y precisa, por lo que se la admite a trámite de juicio ejecutivo.- Cítese a los demandados Blanca Mariella Zúñiga Suarez y Luis Félix Guerra Barros en el lugar indicado, para que en el término de tres días paguen los valores reclamados o deduzcan las excepciones que se crean asistidos, bajo prevenciones de sentencia; no se dispone la medida cautelar solicitada, por no acompañar certificación registral actualizada del bien raíz hipotecado; téngase en cuenta el trámite, la cuantía, la casilla judicial No. 06 y el correo electrónico designado para notificaciones.- Agréguese al cuaderno la documentación acompañada a la demanda, disponiendo el desglose de la requerida en la demanda, dejando en su lugar copia debidamente autenticada.- Actúe el señor Abogado Julio Martínez Estrada en calidad de Secretario encargado de esta Judicatura, conforme a la acción de personal No. 1853 DPLR-2013-JRI de julio 15 del 2013, cuya copia se manda a formar parte del proceso.- Hágase saber y cítese.

OBJETO DE LA DEMANDA: El actor manifiesta que mediante Contrato de Mutuo o Préstamo No. 132711-00, suscrito y reconocido en Babahoyo el 31 de agosto del 2005; ante el Notario Quinto, abogado Camilo Salinas Zamora, mediante el cual el Banco Pichincha C. A. dio y entregó en préstamo a los cónyuges señores BLANCA MARIELLA ZÚÑIGA SUÁREZ y LUIS FÉLIX GUERRA BARROS, la cantidad de TREINTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES CON 75/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD$34,693.75), a un plazo de 5463 días, con tasa de interés inicial del 12.05% anual (que corresponde a la tasa de interés efectiva inicial del 12.74% anual), préstamo que debía ser pagado mediante 180 dividendos mensuales, conforme a la tabla de pago que acompaño. Pese a reiteradas solicitudes realizadas por el Banco, no han cancelado los dividendos desde el número 93 al 102 correspondiente a los meses que van de mayo del 2013 a febrero del 2014, encontrándose por lo tanto dichos dividendos en mora, impagos y vencidos, y de acuerdo a la cláusula TERCERA del Contrato de Mutuo o Préstamo, el Banco tiene la potestad de dar por vencido el saldo del préstamo o del capital, efectivamente en este acto da por vencidos todos los dividendos impagos del préstamo y como el Contrato de Mutuo o Préstamo constituye título ejecutivo por estar reconocido de acuerdo con los Art. 413 y 415 del Código de Procedimiento Civil y contiene la obligación de pago clara, determinada, líquida, pura y de plazo vencido, en la vía ejecutiva.-

PROVIDENCIA: Babahoyo, lunes 28 de enero del 2019, las 10h04, Agréguese al proceso el escrito y el certificado de defunción del accionado GUERRA BARROS LUIS FELIX que anteceden, presentado por el DR. GASTÓN EDMUNDO RÍOS VERA, por los derechos que representa del BANCO PICHINCHA C.A., en su calidad de Procurador Judicial. Por cuanto ha expresado que con la señora BLANCA MARIELLA ZUÑIGA SUÁREZ está negociando con BANCO Pichincha acuerdo transaccional de pago, solicita la suspensión e inhabitar el remate señalado para el miércoles 20 de febrero de 2019. En mérito a la partida de defunción que acompaña, da orden que se cite a los herederos del indicado causante; a los conocidos, personalmente o por boleta en los lugares señalados; Respecto a los presuntos y desconocidos herederos del causante, se ordena que el Dr. Gastón Edmundo Ríos Vera, en la calidad que se indica, dentro del término de tres días, comparezca a egste Despacho y rinda juramento, de conformidad con lo dispuesto en los Art. 56 y 58 del Código Orgánico General de Proceso, cumplido lo cual se ordena la publicación en un periódico de amplia circulación de esta ciudad.- Se ordena inhabilitar la publicación del remate en línea dispuesto en este proceso.- NOTIFÍQUESE.- Babahoyo, 05 de enero del 2019.

AB. JOHANNA BADILLO LEÓN
SECRETARIA (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL
CON SEDE EN EL CANTÓN BABAHOYO
P-8038-BA


RAZON correspondiente al Juicio No. 1233420144189(9967460)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON BABAHOYO
AVISO DE REMATE
AL PUBLICO SE LE HACE SABER
SEGUNDO SEÑALAMIENTO
JUICIO: EJECUTIVO No. 12334-2014-4189
ACCIÓN: CONTRATO DE MUTUO O PRÉSTAMO
ACTOR: DR. GASTÓN EDMUNDO RÍOS VERA, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A.
DEMANDADOS: GERMAN ASPIAZU JAIME EDUARDO
JUEZ DE LA CAUSA: DR. MARCO FERNANDO SIGUENCIA GARCIA
SECRETARIO: DR. JOFFRE ISAIAS CORONEL GUERRERO

Se pone en conocimiento del público que el señor Doctor MARCO FERNANDO SIGUENCIA GARCIA, Juez de la Unidad Judicial Civil con Sede en el Cantón Babahoyo, mediante AUTO de fecha: Babahoyo, lunes 4 de febrero del 2019, las 10h40, VISTOS: Adjúntese al proceso el escrito que antecede presentado por el Dr. GASTÓN EDMUNDO RÍOS VERA, en su calidad de Procurador Judicial del BANCO PICHINCHA C.A, en atención a lo solicitado, ordeno lo siguiente: 1.- REMATE ELECTRÓNICO: Agréguese al proceso el escrito que antecede presentado por el Dr. GASTÓN EDMUNDO RÍOS VERA, en su calidad de Procurador Judicial del BANCO PICHINCHA C.A.; en atención al mismo, se ordena el remate electrónico en línea, para el efecto, se fija para el día viernes 5 de abril del 2019, desde las 00h00 hasta las 24h00, teniéndose éste como Segundo Señalamiento.- 2.- DATOS DE LA UNIDAD JUDICIAL: UNIDAD JUDICIAL CIVIL: PROVINCIA LOS RÍOS, CANTÓN BABAHOYO, DIRECCIÓN: Calle 5 de Junio y Sucre esquina.- JUEZ DE LA CAUSA: DR. MARCO FERNANDO SIGÜENCIA GARCÍA Msg..- SECRETARIO: DR. JOFFRE ISAIAS CORONEL GUERRERO.- JUICIO No 12334-2014-4189.- CUENTA DE LA UNIDAD JUDICIAL No: 4-00698269-8 CONTROL DE REMATES JUDICIALES con el RUC 1768183520001 del BanEcuador para consignaciones mediante transferencia electrónica desde cualquier institución bancaria en línea.- 3.- ACTOR: Dr. GASTÓN EDMUNDO RÍOS VERA, en su calidad de Procurador Judicial del Dr. JAIME MANUEL FLOR RUBIANES, Representante Jurídico y Legal del BANCO PICHINCHA C.A..- 4.- DEMANDADO: JAIME EDUARDO GERMAN ASPIAZU.- 5.- DESCRIPCIÓN DEL BIEN.- Consistente, según el informe pericial de fjs. 213 a 218.- El bien inmueble se trata de un predio ubicado en la calle 10 de agosto (antes Juan Mera) y calle pasaje b1 (antes calle primera), de la Manzana No. 71, Solar No. 07, de la parroquia Urbana Clemente Baquerizo, SECTOR: sector el estadio; de la PARROQUIA: Urbana Clemente Baquerizo, del CANTÓN: Babahoyo, provincia de Los Ríos, con Cod. Catastral: 05-03-001-03, linderado así: por el norte: lindera con la calle juan mera (ahora 10 de agosto) con 8.00mts de longitud. por el sur: lindera con el lote No. 12 de propiedad de la Sra. Fanny Robi Anchundia con 8.00mts de longitud. por el este: lindera con calle primera con 11.00mts de longitud. por el oeste: lindera con el solar Abdón Lara con 11.00mts de longitud. área solar: 88.00 m2 de solar; ÁREA DE CONSTRUCCIÓN: el lote se encuentra todo construido, sobre él se levanta 3 niveles de construcción. La infraestructura es de bases, riostras, columnas, vigas y losa de hormigón armado, con paredes de mampostería de bloque de cemento enlucidos tanto interior como exteriormente.- 6.- descripción visual del predio y los bienes en el existentes 1. El lote se encuentra ubicado en sector consolidado y muy bien ubicado del cantón Babahoyo, con calles asfaltadas en su derredor, con infraestructura urbana como parques lineales, canchas deportivas, malecones regenerados, escenarios deportivos como el Estadio muy cerca del predio, infraestructura gubernamental muy cerca como es el edificio de la Federación Deportiva de Los Ríos, el edificio del GAD Provincial de Los Ríos, las instalaciones la Empresa de servicio Eléctrica CNEL muy cerca. Por todo esto el sector es considerado de muy buena plusvalía. 2. Por estar en un sector consolidado todo este sector goza de los sistemas de servicios básicos como alcantarillado sanitario, servicio de agua potable, servicio de energía eléctrica, servicio de telefonía e internet, también goza de mobiliario urbano como calles de hormigón rígido, aceras y bordillos. 3. Estado y condiciones del predio: En el lote existe una infraestructura de 3 niveles con 3 losas de hormigón; de bases, riostras, columnas, vigas y losa de hormigón armado, de mampostería de bloque de cemento enlucidos tanto interior como exteriormente, su fachada se presenta pintada de color amarillo crema, presenta tres plantas construidas. PLANTA BAJA: consta con dos departamentos dispuestos para alquiler (actualmente se encuentran alquilados), y un espacio para dispuesto para un local comercial pequeño a un costado del acceso a las plantas superiores. Interiormente cada uno posee áreas para sala-comedor, cocina, un dormitorio y un baño, se presentan con contrapiso de cemento pulido sin revestimiento, con paredes enlucidas y pintadas en su derredor, ventanas de aluminio y vidrio con protección de verjas de varillas de acero, con tres puertas de madera en estado regular para el acceso al interior de cada departamento; 1ERA PLANTA ALTA: presenta un piso de hormigón simple revestido de cerámica, con paredes de mampostería de cemento enlucidas, tumbado de losa de hormigón armado enlucida, pintada, no hay presencia de filtraciones en él, con ventanas de aluminio y vidrio, interiormente se distribuye de la siguiente forma: sala, comedor, cocina con mesón de hormigón revestido de cerámica, dos dormitorios y un baño, presenta también una escalera de hormigón armado con escalones sin revestimiento por la cual se accede al siguiente nivel. 2DA PLANTA ALTA: presenta un piso de hormigón simple revestido de cerámica, con paredes de mampostería de cemento enlucidas, tumbado de losa de hormigón armado enlucida, pintada, no hay presencia de filtraciones en él, ventanas de aluminio y vidrio, interiormente se distribuye de la siguiente forma: sala, comedor, cocina con mesón de hormigón revestido de planchas de granito pulido, un dormitorio con baño, un dormitorio y un baño, presenta también una escalera de hormigón armado con escalones revestido de cerámica por la cual se accede al siguiente nivel. TERRAZA: con piso de hormigón simple sin ninguna infraestructura sobre él más que un sobrepecho perimetral de 1.20mts de altura promedio, de mampostería de bloques de cemento enlucidos de ambos lados, aquí existe un área para lavandería y un área dispuesta para baño pero sin terminar.- Toda la vivienda se encuentra actualmente habitada, la PLANTA BAJA los dos departamentos se encuentran alquilados, otorgando una renta mensual de $120.00USD por cada uno.- Se constata la existencia de servicio eléctrico, ya que existen medidores de la empresa eléctrica estatal.- Se constata la existencia de servicio de agua potable, ya que poseen medidores de la empresa de agua potable.- 6.- VALOR TOTAL DEL BIEN INMUEBLE ES DE USD$ 155,046.14 (CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL CUARENTA Y SEIS CON 14/100 DÓLARES AMERICANOS).- 7.- GENERALIDADES.- El interesado podrá presentar las posturas en línea a través del aplicativo de remates judiciales de la Página Web del Consejo de la Judicatura en el día y horas señaladas; para que la propuesta sea válida debe consignar el 10% del valor de la postura con la que participa mediante depósito bancario o transferencia bancarias electrónicas; si la postura es a plazo, la consignación será del 15% de la postura realizada; adicionalmente el postor consignará el porcentaje correspondiente así como el costo por servicios administrativos por cada postura es del 1,7% del Salario Básico Unificado, mediante depósito en la cuenta especial destinada para el efecto; las mejoras que se efectúen a las posturas realizadas, están exentas de pago de esta tasa; señalará el valor, plazo y forma de pago.- Antes de cerrarse el remate, los demandados pueden librar su bien pagando la deuda más intereses; Las posturas presentadas no podrán ser inferiores al 100% del avalúo pericial efectuado de los bienes a rematar.- El acreedor puede hacer posturas con la misma libertad que cualquier otra persona, de conformidad con la ley.- Por cada postura, se pagará la tasa por servicios administrativos del 1,7% de un salario básico unificado, por concepto de utilización de la herramienta correspondiente a la entidad financiera designada por el Consejo de la Judicatura al momento de realizar la consignación.- Las partes procesales, los postores o interesados, deben atenerse a lo dispuesto en el Reglamento del Sistema de Remates Judiciales en Línea de la Función Judicial, al Manual de Aplicación del Proceso de Remates Judiciales en Línea y al Código Orgánico General de Procesos.- El señor Secretario de esta Unidad Judicial, proceda a publicar el presente aviso de remate en la plataforma única de la página web del Consejo de la Judicatura, de un extracto que contendrá la información, descripción e imágenes de los bienes a rematarse y su valor, durante el término de al menos 20 días (hábiles) de anticipación a la fecha del remate; de la misma manera, se ordena la publicación por una sola vez de este aviso en uno de los diarios de amplia circulación de la Provincia de Los Ríos; a criterio de este juzgador se considera necesario que este hecho se dé a conocer también por tal medio de conformidad con lo previsto en el segundo inciso del Art. 399 del COGEP, así como la fijación de carteles en los parajes más frecuentados de este cantón.- Intervenga el Dr. Joffre Coronel Guerrero como Secretario de este Despacho.- NOTIFÍQUESE.-

BABAHOYO, martes 12 de febrero del 2019

Dr. Joffre Coronel Guerrero
Secretario de la Unidad Judicial Civil
Con sede en el cantón Babahoyo.


RAZON correspondiente al Juicio No. 12334201600408(17863717)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON BABAHOYO
AVISO DE REMATE
AL PUBLICO SE LE HACE SABER
PRIMER SEÑALAMIENTO
JUICIO: EJECUTIVO No. 12334-2016-00408
ACCIÓN: CONTRATO DE MUTUO O PRÉSTAMO
ACTOR: DR. GASTÓN EDMUNDO RÍOS VERA, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A.
DEMANDADOS: TULIO JIMMY ENRIQUEZ YANEZ Y RESFA ISELA HARO SALTOS
JUEZ DE LA CAUSA: DR. MARCO FERNANDO SIGUENCIA GARCIA
SECRETARIO: DR. JOFFRE ISAIAS CORONEL GUERRERO

Se pone en conocimiento del público que el señor Doctor MARCO FERNANDO SIGUENCIA GARCIA, Juez de la Unidad Judicial Civil con Sede en el Cantón Babahoyo, mediante AUTO de fecha: Babahoyo, Babahoyo, martes 29 de enero del 2019, las 12h10, VISTOS: 1.- REMATE ELECTRÓNICO: Agréguese al proceso el escrito que antecede presentado por el DR. GASTÓN EDMUNDO RÍOS VERA, en su calidad de Procurador Judicial del BANCO PICHINCHA C.A.; en atención al mismo, se ordena el remate electrónico en línea, para el efecto, se fija para el día viernes 29 de marzo del 2019, desde las 00h00 hasta las 24h00, teniéndose éste como primer señalamiento.- 2.- DATOS DE LA UNIDAD JUDICIAL: UNIDAD JUDICIAL CIVIL: PROVINCIA LOS RÍOS, CANTÓN BABAHOYO, DIRECCIÓN: Calle 5 de Junio y Sucre esquina.- JUEZ DE LA CAUSA: DR. MARCO FERNANDO SIGÜENCIA GARCÍA Msg..- SECRETARIO: DR. JOFFRE ISAIAS CORONEL GUERRERO.- JUICIO No 12334-2016-00408.- CUENTA DE LA UNIDAD JUDICIAL No: 4-00698269-8 CONTROL DE REMATES JUDICIALES con el RUC 1768183520001 del BanEcuador para consignaciones mediante transferencia electrónica desde cualquier institución bancaria en línea.- 3.- ACTOR: DR. GASTÓN EDMUNDO RÍOS VERA, Procurador Judicial del Dr. JAIME MANUEL FLOR RUBIANES, Representante Legal y Jurídico del BANCO PICHINCHA C.A..- 4.- DEMANDADOS: TULIO JIMMY ENRIQUEZ YANEZ Y RESFA ISELA HARO SALTOS.- 5.- DESCRIPCIÓN DEL BIEN.- Consistente, según el informe pericial de fjs. 268-276; 286, 295-296vlta.).- El bien inmueble se encuentra ubicado en: Provincia Los Ríos; Cantón Puebloviejo; Parroquia San Juan; Clasificación Urbana; Dirección Avenida Aurora Estrada, entre la Calle Otón Álava y Calle 24 de junio.; Código Catastral 52-001-008-018004; Coordenada UTM/WG84 660173 9820773; Linderos y Medidas según Certificado Registro de la Propiedad. ORIENTACION LINDEROS Y MEDIDAS: Norte Terrenos del Señor Medardo Gómez; Sur Terrenos reservados para la compra por el señor Segundo Vecilla; Este Carretero San Juan-Puebloviejo, en una extensión de 12.00 mtrs.; Oeste Vega del Rio Puebloviejo, no navegable en este lugar.; Área del Terreno 672.00 metros cuadrados. Infraestructura del Sector y Lote en valoración: Uso del Solar Habitacional; Topografía Plana; Alumbrado Si; Clasificación Urbana Frentes Uno Agua Potable Si; Esquinero(ES) o Medianero(ME) ME; Aceras Si, Red Eléctrica Si; Nivel de comercio por su ubicación Mediano-Bajo, Bordillos Si Red Telefónica Si; Estado del Solar Construido; Construcción adecuada para fin comercial No; Transporte Si; Área de Construcción(m2) EP= 90.20 A1= 36.00; Accesos Vías Pavimentadas, buen estado.- Calculo del Bien Embargado – Área del Bien Embargado: Terreno = 672.00 metros cuadrados; Valor Comercial Ajustado del Bien Inmueble: A) 672.00 x valor por metro cuadrado = 672.00 x $ 80.00 = $ 53760.00; B) De la Construcción Dólares Aplicado a: Cerramiento perimetral $35.00; 136.00 ml; Contrapiso h.s. $13.35; 112.14 m2; Edificación (EP) $140.00; 90.20 m2; Edificación (A1) $100.00; 36.00 m2; Pozo para captación de agua $600.00; albañilería; 4 módulos de h.s. tipo chanchera $700.00; albañilería; Área con varias plantaciones (398.00m2) $451.25; SUBTOTAL $ 21245.68; Valor Comercial Ajustado = Valor Comercial(A+B) x (100% – Castigo 8.35%); Valor Comercial Ajustado = $ 68742.70; SON: SESENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS DOLARES CON 70/00; 6.- GENERALIDADES.- El interesado podrá presentar las posturas en línea a través del aplicativo de remates judiciales de la Página Web del Consejo de la Judicatura en el día y horas señaladas; para que la propuesta sea válida debe consignar el 10% del valor de la postura con la que participa mediante depósito bancario o transferencia bancarias electrónicas; si la postura es a plazo, la consignación será del 15% de la postura realizada; adicionalmente el postor consignará el porcentaje correspondiente así como el costo por servicios administrativos por cada postura es del 1,7% del Salario Básico Unificado, mediante depósito en la cuenta especial destinada para el efecto; las mejoras que se efectúen a las posturas realizadas, están exentas de pago de esta tasa; señalará el valor, plazo y forma de pago.- Antes de cerrarse el remate, los demandados pueden librar su bien pagando la deuda más intereses; Las posturas presentadas no podrán ser inferiores al 100% del avalúo pericial efectuado de los bienes a rematar.- El acreedor puede hacer posturas con la misma libertad que cualquier otra persona, de conformidad con la ley.- Por cada postura, se pagará la tasa por servicios administrativos del 1,7% de un salario básico unificado, por concepto de utilización de la herramienta correspondiente a la entidad financiera designada por el Consejo de la Judicatura al momento de realizar la consignación.- Las partes procesales, los postores o interesados, deben atenerse a lo dispuesto en el Reglamento del Sistema de Remates Judiciales en Línea de la Función Judicial, al Manual de Aplicación del Proceso de Remates Judiciales en Línea y al Código Orgánico General de Procesos.- El señor Secretario de esta Unidad Judicial, proceda a publicar el presente aviso de remate en la plataforma única de la página web del Consejo de la Judicatura, de un extracto que contendrá la información, descripción e imágenes de los bienes a rematarse y su valor, durante el término de al menos 20 días (hábiles) de anticipación a la fecha del remate; de la misma manera, se ordena la publicación por una sola vez de este aviso en uno de los diarios de amplia circulación de la Provincia de Los Ríos; a criterio de este juzgador se considera necesario que este hecho se dé a conocer también por tal medio de conformidad con lo previsto en el segundo inciso del Art. 399 del COGEP; mas no de la fijación de carteles, salvo criterio de la parte interesada.- Intervenga el Dr. Joffre Coronel Guerrero como Secretario de este Despacho.- NOTIFÍQUESE.-

BABAHOYO, martes 12 de febrero del 2019

Dr. Joffre Coronel Guerrero
Secretario de la Unidad Judicial Civil
Con sede en el cantón Babahoyo.


RAZON correspondiente al Juicio No. 12334201600230(17567267)
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON BABAHOYO
AVISO DE REMATE
AL PUBLICO SE LE HACE SABER
SEGUNDO SEÑALAMIENTO
JUICIO: EJECUTIVO No. 12334-2016-00230
ACCIÓN: CONTRATO DE MUTUO O PRÉSTAMO
ACTOR: DR. GASTÓN EDMUNDO RÍOS VERA, PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO PICHINCHA C.A.
DEMANDADOS: SERGIO GABRIEL MENDEZ TAPIA
JUEZ DE LA CAUSA: DR. MARCO FERNANDO SIGUENCIA GARCIA
SECRETARIO: DR. JOFFRE ISAIAS CORONEL GUERRERO

Se pone en conocimiento del público que el señor Doctor MARCO FERNANDO SIGUENCIA GARCIA, Juez de la Unidad Judicial Civil con Sede en el Cantón Babahoyo, mediante AUTO de fecha: Babahoyo, lunes 4 de febrero del 2019, las 11h57, VISTOS: 1.- REMATE ELECTRÓNICO: Agréguese al proceso el escrito que antecede presentado por el Dr. GASTÓN EDMUNDO RÍOS VERA, en su calidad de Procurador Judicial del BANCO PICHINCHA C.A.; en atención al mismo, se ordena el remate electrónico en línea, para el efecto, se fija para el día lunes 01 de abril del 2019, desde las 00h00 hasta las 24h00, teniéndose éste como Segundo Señalamiento.- 2.- DATOS DE LA UNIDAD JUDICIAL: UNIDAD JUDICIAL CIVIL: PROVINCIA LOS RÍOS, CANTÓN BABAHOYO, DIRECCIÓN: Calle 5 de Junio y Sucre esquina.- JUEZ DE LA CAUSA: DR. MARCO FERNANDO SIGÜENCIA GARCÍA Msg..- SECRETARIO: DR. JOFFRE ISAIAS CORONEL GUERRERO.- JUICIO No 12334-2016-00230.- CUENTA DE LA UNIDAD JUDICIAL No: 4-00698269-8 CONTROL DE REMATES JUDICIALES con el RUC 1768183520001 del BanEcuador para consignaciones mediante transferencia electrónica desde cualquier institución bancaria en línea.- 3.- ACTOR: Dr. GASTÓN EDMUNDO RÍOS VERA, en su calidad de Procurador Judicial del Dr. JAIME MANUEL FLOR RUBIANES, Representante Jurídico y Legal del BANCO PICHINCHA C.A..- 4.- DEMANDADO: SERGIO GABRIEL MENDEZ TAPIA.- 5.- DESCRIPCIÓN DEL BIEN.- Consistente, según el informe pericial de fjs. 221 a 226.- El bien inmueble se trata de un predio ubicado en LOTIZACION NUEVA VENTURA, MZ. #81, SOLAR #08, EN LA CALLE “5” ENTRE LA CALLE “G” Y CALLE “H”., de la MANZANA: #81, SOLAR: #08, con COD. CATASTRAL: #6-2-81-8, de la PARROQUIA: URBANA CLEMENTE BAQUERIZO, del CANTÓN: BABAHOYO, PROVINCIA: LOS RÍOS, con COORDENADAS DE UBICACIÓN: 665894.33, 9799332.38(UTM), linderado así: POR EL NORTE: LINDERA CON SOLAR #07 CON 19.59MTS DE LONGITUD. POR EL SUR: LINDERA CON SOLAR #09 CON 19.50MTS DE LONGITUD. POR EL ESTE: LINDERA CON CALLE “5” CON 10.06MTS DE LONGITUD. POR EL OESTE: LINDERA CON SOLAR #10 CON 9.99MTS DE LONGITUD. ÁREA O SUPERFICIE: 196.00 M2 DE SOLAR.- 6.- DESCRIPCIÓN VISUAL DEL PREDIO 1. El predio se encuentra en el sector urbano de la Lotización Nueva Ventura, de la parroquia urbana Clemente Baquerizo del cantón Babahoyo, en la Mz. #81, solar #08, en la Calle “5” entre la calle “G” y calle “H”, es un sector consolidado recientemente con infraestructura de alcantarillado sanitario y pluvial, también cuanta con infraestructura para el servicio de agua potable, infraestructura para el servicio energía eléctrica, transporte, y el servicio de telefonía, o sea el sector ofrece todos los servicios básicos, presenta un equipamiento urbano completo recientemente regenerado, por encontrarse dentro del Plan de Desarrollo del Municipio de Babahoyo, el sector cuenta con bordillos y aceras de hormigón simple, entre otros y vías de acceso lastradas y listas para asfaltar. Está cerca de varias instituciones educativas como colegios, escuelas e iglesias. Por tal motivo se entiende que su plusvalía es buena. 2. El solar tiene un área de 196.00M2. Aquí se levanta una infraestructura de vivienda de 1 nivel completo construido, existe una superficie de 7.00mtsX5.83mts, donde se levanta una losa de hormigón sin enlucir. 3. La vivienda se encuentra abandonada, en la parte exterior presenta un cerramiento de mampostería de bloque de cemento enlucida, exteriormente presenta un revestimiento de cerámica en pared, con tres orificios protegidos con verjas de acero color blanco, y un orificio para un portón de garaje recubierto de caña guadua abierta en mal estado. Interiormente presenta un portal con contrapiso de hormigón simple paleteado, existe un área de portal de 48.56M2. Teniendo un avance de construcción de 70%, la infraestructura de vivienda es de bases, plintos, columnas, riostras, vigas y una parte de una losa de hormigón armado, el contrapiso es de hormigón simple pulido sin revestimiento, las mampostería es de bloque de ladrillo enlucidos interna y externamente, el mismo se encuentra pintados con pintura de caucho de color anaranjado, no existe infraestructura interna para el servicio de energía eléctrica, existe acometida para agua potable pero esta desconectada, presenta una cubierta de planchas de zinc con enjaulado de correas de acero en estado regular, no hay puertas, no existen muebles de baños, entre otros. La distribución interna es la siguiente: presenta áreas para sala, comedor, cocina con mesón de hormigón armado y revestido de cerámica a medio construir, cuatro dormitorios, tres con infraestructura para baño a medio hacer; VALOR TOTAL DEL BIEN INMUEBLE ES DE USD.$35,323.90 USD.(TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS VEINTE Y TRES CON 90/100 USD).- 7.- GENERALIDADES.- El interesado podrá presentar las posturas en línea a través del aplicativo de remates judiciales de la Página Web del Consejo de la Judicatura en el día y horas señaladas; para que la propuesta sea válida debe consignar el 10% del valor de la postura con la que participa mediante depósito bancario o transferencia bancarias electrónicas; si la postura es a plazo, la consignación será del 15% de la postura realizada; adicionalmente el postor consignará el porcentaje correspondiente así como el costo por servicios administrativos por cada postura es del 1,7% del Salario Básico Unificado, mediante depósito en la cuenta especial destinada para el efecto; las mejoras que se efectúen a las posturas realizadas, están exentas de pago de esta tasa; señalará el valor, plazo y forma de pago.- Antes de cerrarse el remate, los demandados pueden librar su bien pagando la deuda más intereses; Las posturas presentadas no podrán ser inferiores al 100% del avalúo pericial efectuado de los bienes a rematar.- El acreedor puede hacer posturas con la misma libertad que cualquier otra persona, de conformidad con la ley.- Por cada postura, se pagará la tasa por servicios administrativos del 1,7% de un salario básico unificado, por concepto de utilización de la herramienta correspondiente a la entidad financiera designada por el Consejo de la Judicatura al momento de realizar la consignación.- Las partes procesales, los postores o interesados, deben atenerse a lo dispuesto en el Reglamento del Sistema de Remates Judiciales en Línea de la Función Judicial, al Manual de Aplicación del Proceso de Remates Judiciales en Línea y al Código Orgánico General de Procesos.- El señor Secretario de esta Unidad Judicial, proceda a publicar el presente aviso de remate en la plataforma única de la página web del Consejo de la Judicatura, de un extracto que contendrá la información, descripción e imágenes de los bienes a rematarse y su valor, durante el término de al menos 20 días (hábiles) de anticipación a la fecha del remate; de la misma manera, se ordena la publicación por una sola vez de este aviso en uno de los diarios de amplia circulación de la Provincia de Los Ríos; a criterio de este juzgador se considera necesario que este hecho se dé a conocer también por tal medio de conformidad con lo previsto en el segundo inciso del Art. 399 del COGEP, así como la fijación de carteles en los parajes más frecuentados de este cantón.- Intervenga el Dr. Joffre Coronel Guerrero como Secretario de este Despacho.- NOTIFÍQUESE.-

BABAHOYO, martes 12 de febrero del 2019

Dr. Joffre Coronel Guerrero
Secretario de la Unidad Judicial Civil
Con sede en el cantón Babahoyo.