¿Organismo asesorador o sancionador?

El martes 25 de junio de 2013 fue publicado en el Registro Oficial la Ley Orgánica de Comunicación, en cuyo texto se incluyó al organismo punitivo de la Superintendencia de Comunicación, que omitió elementos de juicio sobre la libertad de expresión y defensa de los albedríos públicos de los ciudadanos, debido a que ésta fue aprobada en la Asamblea Nacional por la mayoría oficialista afecta al régimen, que no fueron precisamente periodistas académicos quienes debieron redactar la referida Ley.

Contraviniendo todo procedimiento parlamentario, se incorporó maquiavélicamente la Superintendencia de la Información y Comunicación como un organismo sancionador de cumplimiento obligatorio, que lejos de constituirse en un organismo de asesoramiento sirvió al régimen para establecer los castigos más disímiles en contra del periodismo ecuatoriano.

El funcionario que representa a esta entidad estatal es nombrado por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social de una terna que envía el Ejecutivo, es decir es un empleado del gobierno, que precisamente ejecuta sus intereses en desmedro de los intereses ciudadanos que muchas de las veces se ven afectados en sus aspiraciones de recibir una información sin ambages de ningún orden.

Como suscriptores de varios organismos internacionales, han señalado el control estatal sobre los medios de comunicación y vulnerabilidad del Estado de Derecho y corrupción atentatorios a la sociedad civil; tales como la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP); Reporteros Sin Fronteras (RSF), Comité de Protección de Periodistas (CPP); Human Rights Watch; ONU, OEA, CIDH, Transparencia Internacional, entre otros. En los tres años de vigencia de la Ley se registran centenares de procesos contra medios de comunicación, considerados como funestos para la democracia en el país. (O)