El derecho y la justicia frente al juez

MESÍAS MESTANZA SOLANO

El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia. Los derechos se podrán ejercer, promover y exigir de forma individual o colectiva ante las autoridades competentes; las mismas que garantizarán su cumplimiento. El Derecho se fundamenta en los postulados de la justicia, constituyendo el ordenamiento normativo que se orienta a regular la conducta humana entre los particulares, los mismos que cuando se crean que tienen un derecho que debe ser asistido por el juzgador, deben concurrir ante aquél para que imparta justicia. Son los jueces los encargados por el Poder Estatal para administrar justicia y dar la razón al que lo tenga, bajo las garantías del debido proceso y de los principios de legalidad.

Ahora bien, en toda clase de procesos, sean civiles, penales, laborales, administrativos, tributarios y otros, debe hacerse presente el debido proceso y la tutela efectiva, imparcial y expedita, que necesariamente se fundamentará en nuestras leyes ecuatorianas ya existentes, capaz de sincronizar con el principio de legalidad, del cual el juzgador no puede salirse. Sin embargo, el maestro del Derecho Eduardo Couture al referirse a los mandamientos del abogado dice: “El deber del abogado es luchar por el derecho. Eso sí, según recuerda el día en que esté en conflicto el derecho con la justicia, el buen abogado debe luchar por la justicia”. (El juez para ser tal, primero es abogado). Entonces, me pregunto: Qué debe hacer el juez cuando en un proceso encuentra que existe conflicto entre el derecho y la justicia…Cómo entender este conflicto…Por decir, en un juicio se han reunido todas las pruebas, capaz de que el juez no puede hacer otra cosa que dar la razón a quien puso sus pruebas en el proceso, y peor todavía si recordamos lo que expresaba el Maestro Durán Díaz (+) “Lo que no existe en el proceso, no existe en el universo”. Quería decir el maestro que las pruebas deben ser judicializadas e introducidas en el proceso para que sean válidas; pero que tal, si el caso que se trata era injusto…Ahí en cambio entra en conflicto la conciencia del juzgador…Por un lado hay las pruebas, pero por otro no es justo…Resolución en puro derecho…la que no perjudique a terceros.

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