Pensiones vitalicias

Liber Andrade Salazar

Ecuador no tiene una Ley que regule las Pensiones Vitalicias; existen normas que nacieron mediante decretos legislativos desde 1987 hasta 1998 que dieron lugar a la creación en el 2002 de la Ley de Revalorización de pensiones vitalicias (2 artículos) fijando en 2 salarios básicos unificados para las personas destacadas en áreas como cultura, investigación científica, deportes y que, en febrero de 2015 dio lugar a la expedición de la Ley de Reconocimiento Público del Estado; destacando la aplicación de criterios como la contribución a la sociedad, trayectoria y probidad del reconocido.

Sin embargo, sin aplicación de criterio alguno, los ecuatorianos cancelamos pensiones vitalicias a 10 ex presidentes con un valor de $. 4.226,25 y, 12 ex vicepresidentes la suma de 4.057,50, cada uno, de éstos reciben 3 viudas, por lo prescrito en el Art. 135 de la Ley Orgánica del Servicio Público, resultante del 75% del sueldo total de $. 5.635,oo y $. 5.410,oo que ganan actualmente Presidente y Vicepresidente; valores que comporta un promedio de 11 veces más a los $. 386,oo que es la remuneración básica.

En medio de la crisis económica, política, ética y moral que vivimos, las pensiones vitalicias entregadas a ex presidentes y vicepresidentes deben ser invalidadas por la Asamblea Nacional y, en su lugar se trabaje por la emisión de una Ley de Pensiones Vitalicias con criterios de relevancia, probidad y de oposición ciudadana; evitando compensar a primeras y segundas autoridades que incumplieron la Constitución y los instrumentos internacionales de derechos humanos; incluso debe estimarse casos como los del Presidente Moreno que en su condición de ex vicepresidente percibe salario adicional de Presidente o, el del señor Jorge Glas que estando cumpliendo una pena por uno de los casos de corrupción se le paga mensual.

liberandrade@yahoo.es