Municipios deben subir 10 centavos a la tarifa de pasaje urbano

El transporte urbano en Quito, con el incremento establecido por la ANT, sube a 35 centavos de dólar. (Foto cortesía Municipio de Quito)
El transporte urbano en Quito, con el incremento establecido por la ANT, sube a 35 centavos de dólar. (Foto cortesía Municipio de Quito)
El transporte urbano en Quito, con el incremento establecido por la ANT, sube a 35 centavos de dólar. (Foto cortesía Municipio de Quito)
El transporte urbano en Quito, con el incremento establecido por la ANT, sube a 35 centavos de dólar. (Foto cortesía Municipio de Quito)
El transporte urbano en Quito, con el incremento establecido por la ANT, sube a 35 centavos de dólar. (Foto cortesía Municipio de Quito)
El transporte urbano en Quito, con el incremento establecido por la ANT, sube a 35 centavos de dólar. (Foto cortesía Municipio de Quito)
El transporte urbano en Quito, con el incremento establecido por la ANT, sube a 35 centavos de dólar. (Foto cortesía Municipio de Quito)
El transporte urbano en Quito, con el incremento establecido por la ANT, sube a 35 centavos de dólar. (Foto cortesía Municipio de Quito)

Redacción LAHORA.COM.EC

Por disposición de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), todos los municipios del país deberán incrementar la tarifa del servicio de transporte público urbano e intracantonal en 10 centavos.

Esta alza de 10 centavos se aplica sobre la tarifa vigente, desde el sábado 5 de octubre cuando la ANT emitió la resolución. El documento explica que el valor final no podrá superar los 40 centavos de dólar y que la tarifa preferencial no se incrementará.

Por otro lado, los municipios, «en función a las competencias legales vigentes», podrán realizar «las actualizaciones pertinentes en el método de cálculo de asignación de tarifas» de taxis, considerando la diferencia de los precios de la gasolina.

Asimismo, los municipios que cuenten con sistemas integrados de transporte masivo podrán realizar un incremento adicional, «bajo el concepto de integración intermodal».

Legalmente, los municipios tienen la competencia de tránsito, lo que les faculta fijar los precios de la tarifa de transporte público. Sin embargo, actualmente rige un Estado de Excepción en el país, lo cual le permite a la ANT tomar la decisión, según el documento.

La resolución también fija un techo máximo de incremento de un 32% en las tarifas vigentes de transporte terrestre provincial e intraprovincial. En este caso, tampoco se incrementará la tarifa preferencial.

La ANT, en su resolución, advierte que la inobservancia del cobro de las tarifas fijadas será sancionado, según lo establecido en la Ley Orgánica de Tránsito.

Redacción LAHORA.COM.EC

Por disposición de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), todos los municipios del país deberán incrementar la tarifa del servicio de transporte público urbano e intracantonal en 10 centavos.

Esta alza de 10 centavos se aplica sobre la tarifa vigente, desde el sábado 5 de octubre cuando la ANT emitió la resolución. El documento explica que el valor final no podrá superar los 40 centavos de dólar y que la tarifa preferencial no se incrementará.

Por otro lado, los municipios, «en función a las competencias legales vigentes», podrán realizar «las actualizaciones pertinentes en el método de cálculo de asignación de tarifas» de taxis, considerando la diferencia de los precios de la gasolina.

Asimismo, los municipios que cuenten con sistemas integrados de transporte masivo podrán realizar un incremento adicional, «bajo el concepto de integración intermodal».

Legalmente, los municipios tienen la competencia de tránsito, lo que les faculta fijar los precios de la tarifa de transporte público. Sin embargo, actualmente rige un Estado de Excepción en el país, lo cual le permite a la ANT tomar la decisión, según el documento.

La resolución también fija un techo máximo de incremento de un 32% en las tarifas vigentes de transporte terrestre provincial e intraprovincial. En este caso, tampoco se incrementará la tarifa preferencial.

La ANT, en su resolución, advierte que la inobservancia del cobro de las tarifas fijadas será sancionado, según lo establecido en la Ley Orgánica de Tránsito.

Redacción LAHORA.COM.EC

Por disposición de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), todos los municipios del país deberán incrementar la tarifa del servicio de transporte público urbano e intracantonal en 10 centavos.

Esta alza de 10 centavos se aplica sobre la tarifa vigente, desde el sábado 5 de octubre cuando la ANT emitió la resolución. El documento explica que el valor final no podrá superar los 40 centavos de dólar y que la tarifa preferencial no se incrementará.

Por otro lado, los municipios, «en función a las competencias legales vigentes», podrán realizar «las actualizaciones pertinentes en el método de cálculo de asignación de tarifas» de taxis, considerando la diferencia de los precios de la gasolina.

Asimismo, los municipios que cuenten con sistemas integrados de transporte masivo podrán realizar un incremento adicional, «bajo el concepto de integración intermodal».

Legalmente, los municipios tienen la competencia de tránsito, lo que les faculta fijar los precios de la tarifa de transporte público. Sin embargo, actualmente rige un Estado de Excepción en el país, lo cual le permite a la ANT tomar la decisión, según el documento.

La resolución también fija un techo máximo de incremento de un 32% en las tarifas vigentes de transporte terrestre provincial e intraprovincial. En este caso, tampoco se incrementará la tarifa preferencial.

La ANT, en su resolución, advierte que la inobservancia del cobro de las tarifas fijadas será sancionado, según lo establecido en la Ley Orgánica de Tránsito.

Redacción LAHORA.COM.EC

Por disposición de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), todos los municipios del país deberán incrementar la tarifa del servicio de transporte público urbano e intracantonal en 10 centavos.

Esta alza de 10 centavos se aplica sobre la tarifa vigente, desde el sábado 5 de octubre cuando la ANT emitió la resolución. El documento explica que el valor final no podrá superar los 40 centavos de dólar y que la tarifa preferencial no se incrementará.

Por otro lado, los municipios, «en función a las competencias legales vigentes», podrán realizar «las actualizaciones pertinentes en el método de cálculo de asignación de tarifas» de taxis, considerando la diferencia de los precios de la gasolina.

Asimismo, los municipios que cuenten con sistemas integrados de transporte masivo podrán realizar un incremento adicional, «bajo el concepto de integración intermodal».

Legalmente, los municipios tienen la competencia de tránsito, lo que les faculta fijar los precios de la tarifa de transporte público. Sin embargo, actualmente rige un Estado de Excepción en el país, lo cual le permite a la ANT tomar la decisión, según el documento.

La resolución también fija un techo máximo de incremento de un 32% en las tarifas vigentes de transporte terrestre provincial e intraprovincial. En este caso, tampoco se incrementará la tarifa preferencial.

La ANT, en su resolución, advierte que la inobservancia del cobro de las tarifas fijadas será sancionado, según lo establecido en la Ley Orgánica de Tránsito.