El Estado plurinacional tiene límites

DECLARACIÓN. Dirigentes de la Conaie anunciaron, durante el paro, un estado de excepción en territorios indígenas. (Foto: Archivo)
DECLARACIÓN. Dirigentes de la Conaie anunciaron, durante el paro, un estado de excepción en territorios indígenas. (Foto: Archivo)
DECLARACIÓN. Dirigentes de la Conaie anunciaron, durante el paro, un estado de excepción en territorios indígenas. (Foto: Archivo)
DECLARACIÓN. Dirigentes de la Conaie anunciaron, durante el paro, un estado de excepción en territorios indígenas. (Foto: Archivo)
DECLARACIÓN. Dirigentes de la Conaie anunciaron, durante el paro, un estado de excepción en territorios indígenas. (Foto: Archivo)
DECLARACIÓN. Dirigentes de la Conaie anunciaron, durante el paro, un estado de excepción en territorios indígenas. (Foto: Archivo)
DECLARACIÓN. Dirigentes de la Conaie anunciaron, durante el paro, un estado de excepción en territorios indígenas. (Foto: Archivo)
DECLARACIÓN. Dirigentes de la Conaie anunciaron, durante el paro, un estado de excepción en territorios indígenas. (Foto: Archivo)

Ecuador es un Estado plurinacional. Así lo consagra la Constitución desde 1998 al reconocer a los pueblos y nacionalidades indígenas, afros y montuvias, y otorgarles derechos colectivos.

¿Pero qué implica y cuáles son los límites de la plurinacionalidad? La ministra de Gobierno, María Paula Romo, cuestionó en la Comisión Multipartidista que Analiza los Hechos del Paro Nacional que se estaría tratando de justificar acciones, inclusive reñidas con la Ley, en el marco de la plurinacionalidad.

Durante los 11 días de protestas, la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie) decretó un “estado de excepción en todos los territorios indígenas”. Eso implicaba que militares y policías que se acercaran a sus territorios podrían ser retenidos y sometidos a la justicia indígena.

De acuerdo con el Ministerio de Gobierno, hubo 202 policías secuestrados, en algunos casos replicando prácticas de secuestros extorsivos, como el retiro de los zapatos para que no pudieran escapar.

¿Esas dos acciones están consagradas en el Estado plurinacional? Según el abogado y experto en justicia indígena Jaime Vintimilla, no.

El Estado plurinacional, explicó, consiste en que “personas de diferentes culturas conviven dentro de reglas jurídicas que son comunes a todos, que no se imponen”. En ese contexto, los pueblos y nacionalidades son primero ecuatorianos, con los mismos derechos y obligaciones, aunque también tienen un “cuerpo normativo propio”.

Qué implica
La Constitución destina un capítulo para los pueblos y nacionalidades, en función de lo que establece el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre pueblos indígenas y tribales.

EL DATO
El presidente de la Conaie, Jaime Vargas, en su momento propuso la creación de un ejército indígena, lo cual fue cuestionado por el Gobierno.Allí especifica 21 derechos colectivos, que incluyen, entre otros, a ser consultados sobre proyectos que puedan afectarles, a no ser objeto de racismo, a desarrollar sus propias formas de organización social y a la aplicación de su sistema de justicia.

Pero, según Vintimilla, “estas reglas jurídicas tienen limitaciones”, pues “no pueden atentar a los Derechos Humanos y constitucionales”. Por ejemplo, el legislador de Pachakutik Jaime Olivo indicó que pueden tener sus gobiernos territoriales y autoridades, pero sin apartarse de los derechos fundamentales.

El asambleísta Ángel Gende, de la nacionalidad tsáchila, sostiene que el Estado plurinacional se trata del “reconocimiento a nuestra forma de vida, a nuestras costumbres, a nuestra administración de justicia, en nuestros territorios”. Sin embargo, enfatizó que eso no implica la creación de otro Estado.

Falta de claridad
Según Olivo, en la práctica “no se ha hecho el ejercicio efectivo” del Estado plurinacional. A esto, Vintimilla añade que no existe legislación secundaria que defina los límites del marco jurídico de pueblos y nacionalidades, como una ley de coordinación entre la justicia indígena y la ordinaria.

Eso provoca interpretaciones diversas sobre lo que implica la plurinacionalidad. Por ejemplo, la Constitución establece el derecho a la propiedad imprescriptible de las tierras comunitarias. Según la abogada Nina Pacari, en declaraciones en el programa televisivo Políticamente Correcto, “donde estén los pueblos indígenas, son territorios indígenas”. Romo cuestionó esa postura y preguntó si el Ágora de la Casa de la Cultura en Quito se convirtió en su territorio.

Frente a esta disyuntiva, Vintimilla sostiene que se necesita claridad normativa de la competencia territorial de los pueblos y nacionalidades porque, en principio, no todo el territorio donde están, por ejemplo, se convierte en propio, porque muchos ya están urbanizados. Por esto, insiste en la necesidad de tener una normativa pues esta es la que genera el equilibrio. (AGO)

Ecuador es un Estado plurinacional. Así lo consagra la Constitución desde 1998 al reconocer a los pueblos y nacionalidades indígenas, afros y montuvias, y otorgarles derechos colectivos.

¿Pero qué implica y cuáles son los límites de la plurinacionalidad? La ministra de Gobierno, María Paula Romo, cuestionó en la Comisión Multipartidista que Analiza los Hechos del Paro Nacional que se estaría tratando de justificar acciones, inclusive reñidas con la Ley, en el marco de la plurinacionalidad.

Durante los 11 días de protestas, la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie) decretó un “estado de excepción en todos los territorios indígenas”. Eso implicaba que militares y policías que se acercaran a sus territorios podrían ser retenidos y sometidos a la justicia indígena.

De acuerdo con el Ministerio de Gobierno, hubo 202 policías secuestrados, en algunos casos replicando prácticas de secuestros extorsivos, como el retiro de los zapatos para que no pudieran escapar.

¿Esas dos acciones están consagradas en el Estado plurinacional? Según el abogado y experto en justicia indígena Jaime Vintimilla, no.

El Estado plurinacional, explicó, consiste en que “personas de diferentes culturas conviven dentro de reglas jurídicas que son comunes a todos, que no se imponen”. En ese contexto, los pueblos y nacionalidades son primero ecuatorianos, con los mismos derechos y obligaciones, aunque también tienen un “cuerpo normativo propio”.

Qué implica
La Constitución destina un capítulo para los pueblos y nacionalidades, en función de lo que establece el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre pueblos indígenas y tribales.

EL DATO
El presidente de la Conaie, Jaime Vargas, en su momento propuso la creación de un ejército indígena, lo cual fue cuestionado por el Gobierno.Allí especifica 21 derechos colectivos, que incluyen, entre otros, a ser consultados sobre proyectos que puedan afectarles, a no ser objeto de racismo, a desarrollar sus propias formas de organización social y a la aplicación de su sistema de justicia.

Pero, según Vintimilla, “estas reglas jurídicas tienen limitaciones”, pues “no pueden atentar a los Derechos Humanos y constitucionales”. Por ejemplo, el legislador de Pachakutik Jaime Olivo indicó que pueden tener sus gobiernos territoriales y autoridades, pero sin apartarse de los derechos fundamentales.

El asambleísta Ángel Gende, de la nacionalidad tsáchila, sostiene que el Estado plurinacional se trata del “reconocimiento a nuestra forma de vida, a nuestras costumbres, a nuestra administración de justicia, en nuestros territorios”. Sin embargo, enfatizó que eso no implica la creación de otro Estado.

Falta de claridad
Según Olivo, en la práctica “no se ha hecho el ejercicio efectivo” del Estado plurinacional. A esto, Vintimilla añade que no existe legislación secundaria que defina los límites del marco jurídico de pueblos y nacionalidades, como una ley de coordinación entre la justicia indígena y la ordinaria.

Eso provoca interpretaciones diversas sobre lo que implica la plurinacionalidad. Por ejemplo, la Constitución establece el derecho a la propiedad imprescriptible de las tierras comunitarias. Según la abogada Nina Pacari, en declaraciones en el programa televisivo Políticamente Correcto, “donde estén los pueblos indígenas, son territorios indígenas”. Romo cuestionó esa postura y preguntó si el Ágora de la Casa de la Cultura en Quito se convirtió en su territorio.

Frente a esta disyuntiva, Vintimilla sostiene que se necesita claridad normativa de la competencia territorial de los pueblos y nacionalidades porque, en principio, no todo el territorio donde están, por ejemplo, se convierte en propio, porque muchos ya están urbanizados. Por esto, insiste en la necesidad de tener una normativa pues esta es la que genera el equilibrio. (AGO)

Ecuador es un Estado plurinacional. Así lo consagra la Constitución desde 1998 al reconocer a los pueblos y nacionalidades indígenas, afros y montuvias, y otorgarles derechos colectivos.

¿Pero qué implica y cuáles son los límites de la plurinacionalidad? La ministra de Gobierno, María Paula Romo, cuestionó en la Comisión Multipartidista que Analiza los Hechos del Paro Nacional que se estaría tratando de justificar acciones, inclusive reñidas con la Ley, en el marco de la plurinacionalidad.

Durante los 11 días de protestas, la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie) decretó un “estado de excepción en todos los territorios indígenas”. Eso implicaba que militares y policías que se acercaran a sus territorios podrían ser retenidos y sometidos a la justicia indígena.

De acuerdo con el Ministerio de Gobierno, hubo 202 policías secuestrados, en algunos casos replicando prácticas de secuestros extorsivos, como el retiro de los zapatos para que no pudieran escapar.

¿Esas dos acciones están consagradas en el Estado plurinacional? Según el abogado y experto en justicia indígena Jaime Vintimilla, no.

El Estado plurinacional, explicó, consiste en que “personas de diferentes culturas conviven dentro de reglas jurídicas que son comunes a todos, que no se imponen”. En ese contexto, los pueblos y nacionalidades son primero ecuatorianos, con los mismos derechos y obligaciones, aunque también tienen un “cuerpo normativo propio”.

Qué implica
La Constitución destina un capítulo para los pueblos y nacionalidades, en función de lo que establece el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre pueblos indígenas y tribales.

EL DATO
El presidente de la Conaie, Jaime Vargas, en su momento propuso la creación de un ejército indígena, lo cual fue cuestionado por el Gobierno.Allí especifica 21 derechos colectivos, que incluyen, entre otros, a ser consultados sobre proyectos que puedan afectarles, a no ser objeto de racismo, a desarrollar sus propias formas de organización social y a la aplicación de su sistema de justicia.

Pero, según Vintimilla, “estas reglas jurídicas tienen limitaciones”, pues “no pueden atentar a los Derechos Humanos y constitucionales”. Por ejemplo, el legislador de Pachakutik Jaime Olivo indicó que pueden tener sus gobiernos territoriales y autoridades, pero sin apartarse de los derechos fundamentales.

El asambleísta Ángel Gende, de la nacionalidad tsáchila, sostiene que el Estado plurinacional se trata del “reconocimiento a nuestra forma de vida, a nuestras costumbres, a nuestra administración de justicia, en nuestros territorios”. Sin embargo, enfatizó que eso no implica la creación de otro Estado.

Falta de claridad
Según Olivo, en la práctica “no se ha hecho el ejercicio efectivo” del Estado plurinacional. A esto, Vintimilla añade que no existe legislación secundaria que defina los límites del marco jurídico de pueblos y nacionalidades, como una ley de coordinación entre la justicia indígena y la ordinaria.

Eso provoca interpretaciones diversas sobre lo que implica la plurinacionalidad. Por ejemplo, la Constitución establece el derecho a la propiedad imprescriptible de las tierras comunitarias. Según la abogada Nina Pacari, en declaraciones en el programa televisivo Políticamente Correcto, “donde estén los pueblos indígenas, son territorios indígenas”. Romo cuestionó esa postura y preguntó si el Ágora de la Casa de la Cultura en Quito se convirtió en su territorio.

Frente a esta disyuntiva, Vintimilla sostiene que se necesita claridad normativa de la competencia territorial de los pueblos y nacionalidades porque, en principio, no todo el territorio donde están, por ejemplo, se convierte en propio, porque muchos ya están urbanizados. Por esto, insiste en la necesidad de tener una normativa pues esta es la que genera el equilibrio. (AGO)

Ecuador es un Estado plurinacional. Así lo consagra la Constitución desde 1998 al reconocer a los pueblos y nacionalidades indígenas, afros y montuvias, y otorgarles derechos colectivos.

¿Pero qué implica y cuáles son los límites de la plurinacionalidad? La ministra de Gobierno, María Paula Romo, cuestionó en la Comisión Multipartidista que Analiza los Hechos del Paro Nacional que se estaría tratando de justificar acciones, inclusive reñidas con la Ley, en el marco de la plurinacionalidad.

Durante los 11 días de protestas, la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie) decretó un “estado de excepción en todos los territorios indígenas”. Eso implicaba que militares y policías que se acercaran a sus territorios podrían ser retenidos y sometidos a la justicia indígena.

De acuerdo con el Ministerio de Gobierno, hubo 202 policías secuestrados, en algunos casos replicando prácticas de secuestros extorsivos, como el retiro de los zapatos para que no pudieran escapar.

¿Esas dos acciones están consagradas en el Estado plurinacional? Según el abogado y experto en justicia indígena Jaime Vintimilla, no.

El Estado plurinacional, explicó, consiste en que “personas de diferentes culturas conviven dentro de reglas jurídicas que son comunes a todos, que no se imponen”. En ese contexto, los pueblos y nacionalidades son primero ecuatorianos, con los mismos derechos y obligaciones, aunque también tienen un “cuerpo normativo propio”.

Qué implica
La Constitución destina un capítulo para los pueblos y nacionalidades, en función de lo que establece el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre pueblos indígenas y tribales.

EL DATO
El presidente de la Conaie, Jaime Vargas, en su momento propuso la creación de un ejército indígena, lo cual fue cuestionado por el Gobierno.Allí especifica 21 derechos colectivos, que incluyen, entre otros, a ser consultados sobre proyectos que puedan afectarles, a no ser objeto de racismo, a desarrollar sus propias formas de organización social y a la aplicación de su sistema de justicia.

Pero, según Vintimilla, “estas reglas jurídicas tienen limitaciones”, pues “no pueden atentar a los Derechos Humanos y constitucionales”. Por ejemplo, el legislador de Pachakutik Jaime Olivo indicó que pueden tener sus gobiernos territoriales y autoridades, pero sin apartarse de los derechos fundamentales.

El asambleísta Ángel Gende, de la nacionalidad tsáchila, sostiene que el Estado plurinacional se trata del “reconocimiento a nuestra forma de vida, a nuestras costumbres, a nuestra administración de justicia, en nuestros territorios”. Sin embargo, enfatizó que eso no implica la creación de otro Estado.

Falta de claridad
Según Olivo, en la práctica “no se ha hecho el ejercicio efectivo” del Estado plurinacional. A esto, Vintimilla añade que no existe legislación secundaria que defina los límites del marco jurídico de pueblos y nacionalidades, como una ley de coordinación entre la justicia indígena y la ordinaria.

Eso provoca interpretaciones diversas sobre lo que implica la plurinacionalidad. Por ejemplo, la Constitución establece el derecho a la propiedad imprescriptible de las tierras comunitarias. Según la abogada Nina Pacari, en declaraciones en el programa televisivo Políticamente Correcto, “donde estén los pueblos indígenas, son territorios indígenas”. Romo cuestionó esa postura y preguntó si el Ágora de la Casa de la Cultura en Quito se convirtió en su territorio.

Frente a esta disyuntiva, Vintimilla sostiene que se necesita claridad normativa de la competencia territorial de los pueblos y nacionalidades porque, en principio, no todo el territorio donde están, por ejemplo, se convierte en propio, porque muchos ya están urbanizados. Por esto, insiste en la necesidad de tener una normativa pues esta es la que genera el equilibrio. (AGO)