Asamblea y constitucionalistas discrepan por sentencia judicial

PROCESO. El juicio político contra Chalá y otros consejeros fue impulsado por incumplimiento de funciones.
PROCESO. El juicio político contra Chalá y otros consejeros fue impulsado por incumplimiento de funciones.
PROCESO. El juicio político contra Chalá y otros consejeros fue impulsado por incumplimiento de funciones.
PROCESO. El juicio político contra Chalá y otros consejeros fue impulsado por incumplimiento de funciones.
PROCESO. El juicio político contra Chalá y otros consejeros fue impulsado por incumplimiento de funciones.
PROCESO. El juicio político contra Chalá y otros consejeros fue impulsado por incumplimiento de funciones.
PROCESO. El juicio político contra Chalá y otros consejeros fue impulsado por incumplimiento de funciones.
PROCESO. El juicio político contra Chalá y otros consejeros fue impulsado por incumplimiento de funciones.

La Asamblea, a través de un comunicado, cuestionó la decisión del juez Manuel Ruiz, de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Santa Ana, Manabí, quien concedió una acción de protección a favor de la exconsejera del Consejo de Participación Ciudadana (CPC), Rosa Chalá, destituida a través de juicio político, con lo que ordena su restitución en el cargo.

Según la Legislatura, con esa decisión el juez desconoce las competencias constitucionales de la Asamblea para realizar el control político y fiscalizador, “al no reconocer una decisión legal y legítima sobre la censura y destitución de los Consejeros de Participación Ciudadana”. Además, asegura que la sentencia vulnera la independencia de funciones.

Sin embargo, para los constitucionalistas Jorge Luis Ortega y Rafael Oyarte, el fallo es de cumplimiento inmediato y obligatorio para la Asamblea, independientemente de si lo apelará o no. Ortega agregó que no hay interferencia de funciones, ya que la jurisdicción constitucional está por sobre todas las funciones.

En el plano netamente jurídico, Oyarte manifestó que las decisiones de la Asamblea no están excluidas de acciones de protección. “El acto de destitución a través de un juicio político es tan administrativo como cualquier otro a pesar de haber sido adoptado por la Asamblea”, manifestó.

Legislativo se defiende

83
asambleístas votaron por la destitución de Chalá y de otros tres consejeros.El asambleísta César Solórzano (PSP) aseguró que la Legislatura es un órgano netamente político que respetó el procedimiento y el derecho a la defensa de los consejeros destituidos, y con base en los argumentos expuestos por las partes determinó la destitución de Chalá y de otros tres consejeros. “Se debe entender que la Asamblea tomó una decisión política que no tiene nada que ver con la Justicia y cada quien debe respetar su espacio”, subrayó.

Por su parte, Patricio Donoso (CREO), agregó que la Asamblea es una entidad autónoma, por lo que ella sentencia del juez carece de efectividad jurídica.

Para Oyarte, será a través de la apelación al fallo la oportunidad que tenga la Legislatura para demostrar que su decisión de censurar y destituir a Chalá fue correcta. (HCR)

Destitución de juez
° El Consejo de la Judicatura confirmó que el juez Manuel Ruiz, de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Santa Ana, fue destituido el jueves. Sin embargo, descartó que la medida tenga relación con la sentencia dictada a favor de Rosa Chalá. Según la Judicatura, a Ruiz se le abrió un sumario disciplinario el 22 de agosto al haber incurrido en “manifiesta negligencia”, declarada por la Sala de lo Laboral de la Corte Provincial de Justicia de Manabí, dentro del caso Petroecuador – Marzam Cía. Ltda.

La Asamblea, a través de un comunicado, cuestionó la decisión del juez Manuel Ruiz, de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Santa Ana, Manabí, quien concedió una acción de protección a favor de la exconsejera del Consejo de Participación Ciudadana (CPC), Rosa Chalá, destituida a través de juicio político, con lo que ordena su restitución en el cargo.

Según la Legislatura, con esa decisión el juez desconoce las competencias constitucionales de la Asamblea para realizar el control político y fiscalizador, “al no reconocer una decisión legal y legítima sobre la censura y destitución de los Consejeros de Participación Ciudadana”. Además, asegura que la sentencia vulnera la independencia de funciones.

Sin embargo, para los constitucionalistas Jorge Luis Ortega y Rafael Oyarte, el fallo es de cumplimiento inmediato y obligatorio para la Asamblea, independientemente de si lo apelará o no. Ortega agregó que no hay interferencia de funciones, ya que la jurisdicción constitucional está por sobre todas las funciones.

En el plano netamente jurídico, Oyarte manifestó que las decisiones de la Asamblea no están excluidas de acciones de protección. “El acto de destitución a través de un juicio político es tan administrativo como cualquier otro a pesar de haber sido adoptado por la Asamblea”, manifestó.

Legislativo se defiende

83
asambleístas votaron por la destitución de Chalá y de otros tres consejeros.El asambleísta César Solórzano (PSP) aseguró que la Legislatura es un órgano netamente político que respetó el procedimiento y el derecho a la defensa de los consejeros destituidos, y con base en los argumentos expuestos por las partes determinó la destitución de Chalá y de otros tres consejeros. “Se debe entender que la Asamblea tomó una decisión política que no tiene nada que ver con la Justicia y cada quien debe respetar su espacio”, subrayó.

Por su parte, Patricio Donoso (CREO), agregó que la Asamblea es una entidad autónoma, por lo que ella sentencia del juez carece de efectividad jurídica.

Para Oyarte, será a través de la apelación al fallo la oportunidad que tenga la Legislatura para demostrar que su decisión de censurar y destituir a Chalá fue correcta. (HCR)

Destitución de juez
° El Consejo de la Judicatura confirmó que el juez Manuel Ruiz, de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Santa Ana, fue destituido el jueves. Sin embargo, descartó que la medida tenga relación con la sentencia dictada a favor de Rosa Chalá. Según la Judicatura, a Ruiz se le abrió un sumario disciplinario el 22 de agosto al haber incurrido en “manifiesta negligencia”, declarada por la Sala de lo Laboral de la Corte Provincial de Justicia de Manabí, dentro del caso Petroecuador – Marzam Cía. Ltda.

La Asamblea, a través de un comunicado, cuestionó la decisión del juez Manuel Ruiz, de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Santa Ana, Manabí, quien concedió una acción de protección a favor de la exconsejera del Consejo de Participación Ciudadana (CPC), Rosa Chalá, destituida a través de juicio político, con lo que ordena su restitución en el cargo.

Según la Legislatura, con esa decisión el juez desconoce las competencias constitucionales de la Asamblea para realizar el control político y fiscalizador, “al no reconocer una decisión legal y legítima sobre la censura y destitución de los Consejeros de Participación Ciudadana”. Además, asegura que la sentencia vulnera la independencia de funciones.

Sin embargo, para los constitucionalistas Jorge Luis Ortega y Rafael Oyarte, el fallo es de cumplimiento inmediato y obligatorio para la Asamblea, independientemente de si lo apelará o no. Ortega agregó que no hay interferencia de funciones, ya que la jurisdicción constitucional está por sobre todas las funciones.

En el plano netamente jurídico, Oyarte manifestó que las decisiones de la Asamblea no están excluidas de acciones de protección. “El acto de destitución a través de un juicio político es tan administrativo como cualquier otro a pesar de haber sido adoptado por la Asamblea”, manifestó.

Legislativo se defiende

83
asambleístas votaron por la destitución de Chalá y de otros tres consejeros.El asambleísta César Solórzano (PSP) aseguró que la Legislatura es un órgano netamente político que respetó el procedimiento y el derecho a la defensa de los consejeros destituidos, y con base en los argumentos expuestos por las partes determinó la destitución de Chalá y de otros tres consejeros. “Se debe entender que la Asamblea tomó una decisión política que no tiene nada que ver con la Justicia y cada quien debe respetar su espacio”, subrayó.

Por su parte, Patricio Donoso (CREO), agregó que la Asamblea es una entidad autónoma, por lo que ella sentencia del juez carece de efectividad jurídica.

Para Oyarte, será a través de la apelación al fallo la oportunidad que tenga la Legislatura para demostrar que su decisión de censurar y destituir a Chalá fue correcta. (HCR)

Destitución de juez
° El Consejo de la Judicatura confirmó que el juez Manuel Ruiz, de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Santa Ana, fue destituido el jueves. Sin embargo, descartó que la medida tenga relación con la sentencia dictada a favor de Rosa Chalá. Según la Judicatura, a Ruiz se le abrió un sumario disciplinario el 22 de agosto al haber incurrido en “manifiesta negligencia”, declarada por la Sala de lo Laboral de la Corte Provincial de Justicia de Manabí, dentro del caso Petroecuador – Marzam Cía. Ltda.

La Asamblea, a través de un comunicado, cuestionó la decisión del juez Manuel Ruiz, de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Santa Ana, Manabí, quien concedió una acción de protección a favor de la exconsejera del Consejo de Participación Ciudadana (CPC), Rosa Chalá, destituida a través de juicio político, con lo que ordena su restitución en el cargo.

Según la Legislatura, con esa decisión el juez desconoce las competencias constitucionales de la Asamblea para realizar el control político y fiscalizador, “al no reconocer una decisión legal y legítima sobre la censura y destitución de los Consejeros de Participación Ciudadana”. Además, asegura que la sentencia vulnera la independencia de funciones.

Sin embargo, para los constitucionalistas Jorge Luis Ortega y Rafael Oyarte, el fallo es de cumplimiento inmediato y obligatorio para la Asamblea, independientemente de si lo apelará o no. Ortega agregó que no hay interferencia de funciones, ya que la jurisdicción constitucional está por sobre todas las funciones.

En el plano netamente jurídico, Oyarte manifestó que las decisiones de la Asamblea no están excluidas de acciones de protección. “El acto de destitución a través de un juicio político es tan administrativo como cualquier otro a pesar de haber sido adoptado por la Asamblea”, manifestó.

Legislativo se defiende

83
asambleístas votaron por la destitución de Chalá y de otros tres consejeros.El asambleísta César Solórzano (PSP) aseguró que la Legislatura es un órgano netamente político que respetó el procedimiento y el derecho a la defensa de los consejeros destituidos, y con base en los argumentos expuestos por las partes determinó la destitución de Chalá y de otros tres consejeros. “Se debe entender que la Asamblea tomó una decisión política que no tiene nada que ver con la Justicia y cada quien debe respetar su espacio”, subrayó.

Por su parte, Patricio Donoso (CREO), agregó que la Asamblea es una entidad autónoma, por lo que ella sentencia del juez carece de efectividad jurídica.

Para Oyarte, será a través de la apelación al fallo la oportunidad que tenga la Legislatura para demostrar que su decisión de censurar y destituir a Chalá fue correcta. (HCR)

Destitución de juez
° El Consejo de la Judicatura confirmó que el juez Manuel Ruiz, de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Santa Ana, fue destituido el jueves. Sin embargo, descartó que la medida tenga relación con la sentencia dictada a favor de Rosa Chalá. Según la Judicatura, a Ruiz se le abrió un sumario disciplinario el 22 de agosto al haber incurrido en “manifiesta negligencia”, declarada por la Sala de lo Laboral de la Corte Provincial de Justicia de Manabí, dentro del caso Petroecuador – Marzam Cía. Ltda.