Ascenso y recategorización 2020

Richard Ruiz O.

Hasta la fecha es incierto el proceso de ascenso y recategorización para el año 2020. Existe preocupación en el magisterio, porque el ascenso de las categorías docentes no se efectúa desde hace 5 y 6 años. Probablemente de desarrolle la recategorización docente, pero este grupo representa una minoría

¿Cuál es la realidad del proceso de ascenso y recategorización? ¿Existe el presupuesto económico necesario? Por ejemplo, para cancelar a 14000 docentes, se necesita aproximadamente 30 millones de dólares para iniciar el pago desde enero del 2020. El Ministerio de Educación (MEC) debe garantizar la revalorización de la carrera docente, como una línea de acción prioritaria de la Autoridad Educativa Nacional. El proceso de evaluación dirigida a los profesores con nombramiento ha finalizado. E insumo para mejorar el desempeño y gestión y por ende acceder al proceso de recategorización y ascenso debe avanzar a través de la asignación del presupuesto y la modificación de la LOEI.

Para beneficiarse de la recategorización los docentes deben justificar el tiempo de servicio, títulos académicos que avalan su formación, así como la evaluación del desempeño con un mínimo del 70 por ciento de las evaluaciones realizadas por el Ineval y acreditar en los últimos 4 años, como mínimo 100 horas de capacitación. Lo más complejo radica en los requisitos para ascenso donde se pide: 330 horas de profesionalización en los últimos 4 años; los educadores han manifestado que no se ha dado cursos de profesionalización para cumplir las 330 horas. La verdad sea dicha.

La LOEI define en su art. 111 al escalafón del magisterio nacional como: «un sistema de categorización de las y los docentes pertenecientes a la carrera docente pública, según sus funciones, títulos, desarrollo profesional, tiempo de servicio y resultados en los procesos de evaluación, implementados por el Instituto Nacional de Evaluación”. Es necesario modificar la ley de educación, para que el ascenso sea considerado como un derecho adquirido que se efectiviza de manera inmediata cumplido el tiempo requerido. Cambio y fuera. (O)

Richard Ruiz O.

Hasta la fecha es incierto el proceso de ascenso y recategorización para el año 2020. Existe preocupación en el magisterio, porque el ascenso de las categorías docentes no se efectúa desde hace 5 y 6 años. Probablemente de desarrolle la recategorización docente, pero este grupo representa una minoría

¿Cuál es la realidad del proceso de ascenso y recategorización? ¿Existe el presupuesto económico necesario? Por ejemplo, para cancelar a 14000 docentes, se necesita aproximadamente 30 millones de dólares para iniciar el pago desde enero del 2020. El Ministerio de Educación (MEC) debe garantizar la revalorización de la carrera docente, como una línea de acción prioritaria de la Autoridad Educativa Nacional. El proceso de evaluación dirigida a los profesores con nombramiento ha finalizado. E insumo para mejorar el desempeño y gestión y por ende acceder al proceso de recategorización y ascenso debe avanzar a través de la asignación del presupuesto y la modificación de la LOEI.

Para beneficiarse de la recategorización los docentes deben justificar el tiempo de servicio, títulos académicos que avalan su formación, así como la evaluación del desempeño con un mínimo del 70 por ciento de las evaluaciones realizadas por el Ineval y acreditar en los últimos 4 años, como mínimo 100 horas de capacitación. Lo más complejo radica en los requisitos para ascenso donde se pide: 330 horas de profesionalización en los últimos 4 años; los educadores han manifestado que no se ha dado cursos de profesionalización para cumplir las 330 horas. La verdad sea dicha.

La LOEI define en su art. 111 al escalafón del magisterio nacional como: «un sistema de categorización de las y los docentes pertenecientes a la carrera docente pública, según sus funciones, títulos, desarrollo profesional, tiempo de servicio y resultados en los procesos de evaluación, implementados por el Instituto Nacional de Evaluación”. Es necesario modificar la ley de educación, para que el ascenso sea considerado como un derecho adquirido que se efectiviza de manera inmediata cumplido el tiempo requerido. Cambio y fuera. (O)

Richard Ruiz O.

Hasta la fecha es incierto el proceso de ascenso y recategorización para el año 2020. Existe preocupación en el magisterio, porque el ascenso de las categorías docentes no se efectúa desde hace 5 y 6 años. Probablemente de desarrolle la recategorización docente, pero este grupo representa una minoría

¿Cuál es la realidad del proceso de ascenso y recategorización? ¿Existe el presupuesto económico necesario? Por ejemplo, para cancelar a 14000 docentes, se necesita aproximadamente 30 millones de dólares para iniciar el pago desde enero del 2020. El Ministerio de Educación (MEC) debe garantizar la revalorización de la carrera docente, como una línea de acción prioritaria de la Autoridad Educativa Nacional. El proceso de evaluación dirigida a los profesores con nombramiento ha finalizado. E insumo para mejorar el desempeño y gestión y por ende acceder al proceso de recategorización y ascenso debe avanzar a través de la asignación del presupuesto y la modificación de la LOEI.

Para beneficiarse de la recategorización los docentes deben justificar el tiempo de servicio, títulos académicos que avalan su formación, así como la evaluación del desempeño con un mínimo del 70 por ciento de las evaluaciones realizadas por el Ineval y acreditar en los últimos 4 años, como mínimo 100 horas de capacitación. Lo más complejo radica en los requisitos para ascenso donde se pide: 330 horas de profesionalización en los últimos 4 años; los educadores han manifestado que no se ha dado cursos de profesionalización para cumplir las 330 horas. La verdad sea dicha.

La LOEI define en su art. 111 al escalafón del magisterio nacional como: «un sistema de categorización de las y los docentes pertenecientes a la carrera docente pública, según sus funciones, títulos, desarrollo profesional, tiempo de servicio y resultados en los procesos de evaluación, implementados por el Instituto Nacional de Evaluación”. Es necesario modificar la ley de educación, para que el ascenso sea considerado como un derecho adquirido que se efectiviza de manera inmediata cumplido el tiempo requerido. Cambio y fuera. (O)

Richard Ruiz O.

Hasta la fecha es incierto el proceso de ascenso y recategorización para el año 2020. Existe preocupación en el magisterio, porque el ascenso de las categorías docentes no se efectúa desde hace 5 y 6 años. Probablemente de desarrolle la recategorización docente, pero este grupo representa una minoría

¿Cuál es la realidad del proceso de ascenso y recategorización? ¿Existe el presupuesto económico necesario? Por ejemplo, para cancelar a 14000 docentes, se necesita aproximadamente 30 millones de dólares para iniciar el pago desde enero del 2020. El Ministerio de Educación (MEC) debe garantizar la revalorización de la carrera docente, como una línea de acción prioritaria de la Autoridad Educativa Nacional. El proceso de evaluación dirigida a los profesores con nombramiento ha finalizado. E insumo para mejorar el desempeño y gestión y por ende acceder al proceso de recategorización y ascenso debe avanzar a través de la asignación del presupuesto y la modificación de la LOEI.

Para beneficiarse de la recategorización los docentes deben justificar el tiempo de servicio, títulos académicos que avalan su formación, así como la evaluación del desempeño con un mínimo del 70 por ciento de las evaluaciones realizadas por el Ineval y acreditar en los últimos 4 años, como mínimo 100 horas de capacitación. Lo más complejo radica en los requisitos para ascenso donde se pide: 330 horas de profesionalización en los últimos 4 años; los educadores han manifestado que no se ha dado cursos de profesionalización para cumplir las 330 horas. La verdad sea dicha.

La LOEI define en su art. 111 al escalafón del magisterio nacional como: «un sistema de categorización de las y los docentes pertenecientes a la carrera docente pública, según sus funciones, títulos, desarrollo profesional, tiempo de servicio y resultados en los procesos de evaluación, implementados por el Instituto Nacional de Evaluación”. Es necesario modificar la ley de educación, para que el ascenso sea considerado como un derecho adquirido que se efectiviza de manera inmediata cumplido el tiempo requerido. Cambio y fuera. (O)