CAUSA N: 18331-2017-00399.

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN BAÑOS DE AGUA SANTA, PROVINCIA DE TUNGURAHUA

AVISO JUDICIAL EXTRACTO PARA CITACIÓN A LA SEÑORA MARÍA GRICELDA SANTOS UTRERAS, SE LES HACE SABER:

CLASE DE JUICIO: SUMARIO-TENENCIA.

ACTOR: CANDO MANCHENO MIGUEL ÁNGEL

DEMANDADA: SANTOS UTRERAS MARÍA GRICELDA

CUANTÍA: Indeterminada.

JUEZ: Ab. Juan Pablo Rodas Izquierdo.

CAUSAN: 18331-2017-00399.

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN BAÑOS, PROVINCIA DE TUNGURAHUA.- Baños de Agua Santa, miércoles 11 de octubre del 2017. las 11h48. VISTOS: En virtud del sorteo correspondiente efectuado por el Sistema Informático SATJE de la Función Judicial, en mi candad de Juez de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Baños de Agua Santa, provincia de Tungurahua. Avoco conocimiento de la presente causa, una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en providencia inmediata anterior, en lo principal: La demanda de TENENCIA presentada por el señor MIGUEL ÁNGEL CANDO MANCHENO se la califica de clara y completa por reunir los requisitos previstos por los arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos «COGEP» por lo que se la admite a trámite en procedimiento SUMARIO previsto en los arts. 332 y 333 ibídem. Téngase en cuenta el correo electrónico que señala para futuras notificaciones y la autorización que confiere a su abogada defensora para que suscriba en su defensa. CÍTESE a la demandada MARÍA GRICELDA SANTOS UTRERAS, mediante la prensa conforme lo prevé el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, en razón de que la parte actora bajo juramento protesta no poder determinar la individualidad, el domicilio o residencia de la demandada, todo lo cual se cumplirá en uno de los diarios de amplia circulación provincial garantizando así el derecho de la demandada a comparecer a juicio y ejercer la defensa, previniéndole a la demandada de la obligación que tiene de señalar correo electrónico para recibir notificaciones en lo posterior y dar contestación a la acción interpuesta en su contra por escrito en el término máximo de diez (10) días contados desde que haya transcurrido veinte días desde la última publicación de acuerdo a lo que dispone el artículo 333 .3 COGEP, en relación con el artículo 56 inciso penúltimo ibídem, a la cual deberá adjuntar todos los medios de prueba que pretenda producir en la audiencia de juicio o solicitando la práctica de aquellos que requieran únicamente la intervención de esta judicatura. De no comparecer a juicio el proceso deberá continuar en rebeldía de la misma. Agréguese la documentación adjunta. Tómese en cuenta los anuncios de prueba realizados por el actor. Las pruebas testimoniales que anuncia se lo realizará en el día de la audiencia a señalarse oportunamente, se nombra a la Trabajadora Social de esta Unidad Judicial y Psicólogo para que realicen los respectivos informes respecto de la situación actual de las partes, incluida de la menor, para lo cual ofíciese a través de secretaria a los funcionarios respectivos para que cumplan con la diligencia encomendada. Actué la secretaria titular del despacho. NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.- f).- Ab. Juan Pablo Rodas Izquierdo, Juez de la Unidad Judicial Multicompetente.-

Lo que cito a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial o correo electrónico para recibir sus notificaciones.-

Firma ilegible

Ab. Verónica Paredes Navas

SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE

CON SEDE EN EL DEL CANTÓN BAÑOS, PROVINCIA DE TUNGURAHUA

Hay un sello

No. 145668 – 18331-2017-00399


R. del E.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO

A: SALTOS ESTUARDO PATRICIO, dentro del JUICIO CIVIL, VERBAL SUMARIO por COBRO DE OBLIGACIONES PROVENIENTES DE TARJETAS DE CRÉDITO – No. 18334-2016- 01243, seguido por MAYORGA MORA SIXTO EDUARDO, en contra de: SALTOS ESTUARDO PATRICIO., Se ha dispuesto CITAR por la prensa por haber sido imposible determinar el actual domicilio, residencia o individualidad de la demandada SALTOS ESTUARDO PATRICIO.

CLASE DE JUICIO: VERBAL SUMARIO

JUEZ TITULAR: ABG. JUANA MARIBEL PELAEZ TORRES

ASUNTO: COBRO DE OBLIGACIONES PROVENIENTES DE TARJETAS DE CRÉDITO

ACTOR: MAYORGA MORA SIXTO EDUARDO

DEMANDADO(S): SALTOS ESTUARDO PATRICIO

SECRETARIO(E) ABG. DIANA ALEXANDRA NÚÑEZ SOLÍS

CAUSA No. 18334-2016-01243

CUANTÍA : 337,11 USD.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA.

Ambato, jueves 3 de marzo del 2016, las 09h53.

No. 18334-2016-01243

VISTOS.- Abg. Juana Maribel Peláez Torres Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Ambato según Acción de personal No. 10873-DNTH-2015-SBS, de fecha 31 de Agosto del 2015 y Resolución No. 231-2015 de fecha 17 de Agosto del 2015. Avoco conocimiento de la presente causa; En lo principal la demanda que antecede formulada por el señor MAYORGA MORA SIXTO EDUARDO PROCURADOR JUDICIAL DE FLOR RUBIANES JAIME MANUEL REPRESENTANTE JURÍDICO DEL BANCO DEL PICHINCHA C.A., en contra de SALTOS ESTUARDO PATRICIO, es clara y completa por reunir con los requisitos legales del caso, se le acepta para su trámite en la vía verbal sumaria, que es en la que se ha propuesto, disponiéndose en consecuencia CITAR al accionado, con la demanda y este auto en su domicilio para el efecto señalado de conformidad con la ley; la señora secretaria enviara el despacho necesario a la oficina de citaciones notificaciones de esta Unidad Judicial, quien entregara el despacho al funcionario correspondiente. Oportunamente se llevará a cabo la audiencia de conciliación consiguiente. Téngase presente la cuantía fijada, la casilla judicial señalada y correo electrónico señalados para recibir notificaciones y la autorización concedida a su abogado defensor para que con su sola firma suscriba en su nombre escritos necesarios en esta causa. Agréguese a los autos toda la documentación acompañada.- HÁGASE SABER.

Firma ilegible

PELAEZ TORRES JUANA MARIBEL

JUEZA

Certifico:

NUÑEZ SOLIS DIANA ALEXANDRA

SECRETARIA (E)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA.

Ambato, martes 6 de marzo del 2018, las 10h44.

No. 18334-2016-01243

Incorpórese a los autos el escrito presentado por el DR. SIXTO EDUARDO MAYORGA MORA, en la calidad que comparece , por haber dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, y por haber declarado bajo la solemnidad de juramento la imposibilidad de determinar individualidad, domicilio y residencia del demandado, de acuerdo con el numeral 1 del cuerpo legal mencionado, cítese al SR. SALTOS ESTUARDO PATRICIO por medio de la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación en la ciudad de Ambato publicaciones que se realizaran en tres fechas distintas, para lo cual la señora secretaria concederá el extracto correspondiente, HÁGASE SABER.

Firma ilegible

PELAEZ TORRES JUANA MARIBEL

JUEZA

Certifico:

NUÑEZ SOLIS DIANA ALEXANDRA

SECRETARIA

LO QUE PONGO EN CONOCIMIENTO DEL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES. Ambato, 2 de Abril de 2018.

Firma ilegible

ABG. DIANA ALEXANDRA NUÑEZ SOLIS

SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN AMBATO

Hay un sello

P* 145647 – 18334-2016-01243