DIVORCIO POR CAUSAL Número: 18202-2018-02328

R. del E.

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN ESTE CANTÓN AMBATO

EXTRACTO DE CITACION

A: CHANGO PALATE MARIA ANGELICA

Actor: TORRES PALATE LUIS ERNESTO Demandado: CHANGO PALATE MARIA ANGELICA

Causa: DIVORCIO POR CAUSAL

Número: 18202-2018-02328

Juez: Ab. Mg. José Gabriel Barragán García

Secretaria: Ab. Aida Maribel Yánez Pérez

Dependencia: UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE AMBATO

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, martes 31 de julio del 2018, las 10h15, VISTOS: Ab. José Gabriel Barragán García, Mg. avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Ambato provincia de Tungurahua en virtud del sorteo correspondiente, en lo principal: 1.- CALIFICACION.- La demanda presentada por el señor LUIS ERNESTO TORRES PALATE, en contra de la señora MARIA ANGELICA CHANGO PALATE, cumple los requisitos legales generales y especiales previstos en la Ley; por lo tanto se la admite a Trámite de DIVORCIO en PROCEDIMIENTO SUMARIO conforme a lo determinado en el Art. 332.4 del Código Orgánico General de Procesos. 2.- CITACION.- Cítese a la demandada en el lugar que se señala para el efecto, mediante Comisión librada al señor/a Teniente Político de la parroquia Picaihua del cantón Ambato, provincia de Tungurahua.- Cumplida la citación ordenada, la parte accionada conteste la demanda, anuncie la prueba y presente las excepciones de que se creyere asistido, conforme lo establecen los Arts. 151, 152; y, 153 del Código Orgánico General de Procesos, dentro de los términos determinados en el Art. 333.3 ibídem, luego de lo cual se fijará fecha, día y hora para que se lleve a efecto la correspondiente Audiencia Única, previniéndose desde ya que en el caso de inasistencia a esta diligencia se procederá conforme lo determina el Art. 87 del Código Orgánico General de Procesos; y, Art. 131.4 del Código Orgánico de la Función Judicial. (Se requiere a la parte actora brinde las facilidades de manera oportuna para efectuar la citación dispuesta, siendo esto de su exclusiva responsabilidad). 3.- ANUNCIO DE PRUEBAS.- Atendiendo el anuncio de prueba realizado por la parte actora, en atención a lo dispuesto en el Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos, con notificación a la parte demandada: Agréguense los documentos adjuntos. Las personas indicadas en los numerales 3 y 4 del ordinal séptimo rindan declaración en la audiencia única, en atención al sistema oral previsto en Art. 4 del Código Orgánico General de Procesos en concordancia con los Arts. 174; y, 177 y 178 del mismo cuerpo legal, conforme al pliego de preguntas que se formularán de manera oral en el momento mismo de la diligencia, las que serán calificadas por el Juzgador, diligencia en la que deberán estar asistidos por su abogado defensor.- Lo indicado en el ordinal séptimo numeral 5 se considerará en su oportunidad de ser pertinente y legal.- 4.- NOTIFICACIONES Y AUTORIZACION.- Tómese en cuenta la casilla judicial No 26 y el correo electrónico señalados por la parte actora para sus notificaciones; así como, la autorización concedida al profesional del derecho con quien suscribe la demanda para su patrocinio en esta causa.- Actúe como Secretaria de esta Unidad Judicial la Ab. Maribel Yánez Pérez, por acción de personal No. DP18-1753-2015.- Notifíquese y cúmplase. Lo que NOTIFICO a usted, para su conocimiento y fines pertinentes. UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON AMBATO DE TUNGURAHUA. Ambato, viernes 29 de marzo del 2019, las 16h17, VISTOS: Dese por cumplido el requerimiento realizado por ésta Unidad Judicial, en consecuencia, dejándose sin efecto el modo de citación dispuesto con anterioridad; y, habida cuenta que el accionante incidental TORRES PALATE LUIS ERNESTO, ha declarado bajo juramento desconocer el domicilio de la demandada, dispongo que se cite de manera extractada a la señora CHANGO PALATE MARIA ANGELICA, mediante tres publicaciones realizadas en uno de los periódicos de amplia circulación de la localidad, para lo cual, remítase el extracto correspondiente. Notifíquese y cúmplase.

Ab. Aida Maribel Yánez Pérez

SECRETARIA (E)

P*151620/180202-2018-02328